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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 320-02

que transfiere a la Comisión Nacional de Emergencia, que preside la Defensa Civil, la Unidad Ejecutora Sectorial del Subprograma de Prevención de Desastres del Secretariado Técnico de la Presidencia

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 may de 2002fecha
Otrostipo
G. O. 10135Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 320-02 que transfiere a la Comisión Nacional de Emergencia, que preside la Defensa Civil, la Unidad Ejecutora Sectorial del Subprograma de Prevención de Desastres del Secretariado Técnico de la Presidencia. HIPOLITO MEJIA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 320-02 CONSIDERANDO: Que es necesario el fortalecimiento y la consolidación del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (Prevención y atención a los Desastres y Emergencias) en todo el territorio nacional. CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No. 361-01, de fecha 14 de marzo del 2001, fue creada la Comisión Nacional de Emergencia con representantes permanentes. CONSIDERANDO: Que a tales fines la Defensa Civil ha sido dotada de un moderno edificio, la cual además sirve de sede a la Comisión Nacional de Emergencia (CNE) y al Centro de Operaciones de Emergencia (COE), en la Plaza de la Salud. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No. 487-01, de fecha 1ero. de mayo del 2001, la Comisión Nacional de Emergencia (CNE), es la responsable de ejecutar toda la política de Gestión de Riesgos en el país. VISTA la Ley No. 257, del 17 de junio de 1966. VISTOS los Decretos Nos. 360 y 361, de fecha 14 de marzo del 2001, y Decreto No. 487-01, de fecha 1ero. de mayo del 2001. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO 1.- Se transfiere a la Comisión Nacional de Emergencia que preside la Defensa Civil, la Unidad Ejecutora Sectorial del Sub-Programa de Prevención de Desastres del Secretariado Técnico de la Presidencia, la cual debe operar en las instalaciones que ocupa la Defensa Civil, sito en la Plaza de la Salud. ARTICULO 2.- Se ordena que en lo sucesivo todas las tareas y acciones que hasta la fecha y en el futuro pueda desarrollar esa Unidad Ejecutora, estén bajo la dirección de la Comisión Nacional de Emergencia. ARTICULO 3.- Se dispone que el Secretariado Técnico de la Presidencia coordine con la Comisión Nacional de Emergencia (CNE), la gestión de fondos a nivel internacional para programas de gestión de riesgos. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de mayo del año dos mil dos (2002); años 159 de la Independencia y 139 de la Restauración. HIPOLITO MEJIA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona