Texto de la norma
Dec. No.274-02 que declara no laborable el miholes 15 de mayo del 2002, a partir del
mediodia, hasta el viernes 17 de mayo del 2002 a las 8:OO A.M.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 274-02
CONSIDERANDO: Que algunos trabajadores tienen que trasladarse a1
interior del pais para ejercer su derecho a1 voto, por lo que se hace necesario establecer un
mecanismo que les permita sufragar.
CONSIDERANDO: Que es obligacion de 10s poderes publicos contribuir
con la brillantez y el exit0 de las elecciones congresionales y municipales a celebrarse el
proximo jueves dieciseis (16) de mayo del 2002, ofreciendo a 10s ciudadanos la facilidad de
trasladarse a sus respectivos lugares de votacion.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se declara no laborable, en todo el territorio nacional, el dia
miercoles 15 de mayo del 2002, a partir del mediodia, hasta el viernes 17 de mayo del 2002
alas 8:OO a.m.
ARTICULO 2.- Se exceptuan de las disposiciones del presente decreto, las
entidades de servicios publicos (hospitales, bomberos, transporte, etc.), las cuales deberan
continuar las labores de forma habitual. En estos casos, 10s empleadores deberan adoptar
medidas que permitan a sus trabajadores ejercer el derecho a1 voto.
ARTICULO 3.- Enviese a las Secretarias de Estado de Trabajo, de Interior
y Policia y a la Junta Central Electoral, para 10s fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s veintitres (23) dias del mes de abril del aiio dos
mil dos (2002); aiios 159 de la Independencia y 139 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.