Texto de la norma
Dec. No. 321-05 que crea e integra la Comisión de Combate a la Desertificación 2006.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 321-05
CONSIDERANDO: Que la República Dominicana es signataria de la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación y la Sequía, ratificada en 1997, adquiriendo así el compromiso de prevenir la degradación de las tierras y de revertir su deterioro.
CONSIDERANDO: Que la desertificación es generadora de problemas socioeconómicos y medioambientales, aumentando así los niveles de pobreza y obstaculizando la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.
CONSIDERANDO: Que la Asamblea General de las Naciones Unidas ha declarado el año 2006 como “Año Internacional de los Desiertos y la Desertificación”.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- Se crea la Comisión de Combate a la Desertificación 2006, con el objeto de que, en el curso del año actual, prepare un programa especial alusivo al Año Internacional de los Desiertos y la Desertificación a ser aplicado durante todo el año 2006, con la finalidad de difundir la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación y la Sequía (UNCCD) y fortalecer su aplicación como medio de lucha contra la desertificación y la degradación de la tierra en las zonas áridas, semiáridas y subhúmedas secas del país.
ARTICULO 2.- La Comisión estará integrada, a)- en representación del sector público: por el Vicepresidente de la República, quien la presidirá; el Secretario de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Secretaría de Estado de la Mujer, el Secretario de Estado de Agricultura; la Secretaría de Estado de Educación, el Director de la Oficina Nacional de Planificación (ONAPLAN), y el Director General de Desarrollo Fronterizo (DGFD); b)- en representación de la Cooperación Internacional: el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), la Cooperación Técnica Alemana (GTZ), la Agencia Canadiense para el Desarrollo Internacional (ACDI), la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO); y c)- en representación de las Organizaciones No Gubernamentales: Visión Mundial, Confederación Agricana Unión
Campesina Autónoma (CAUCA), Sur Futuro y Fundación de Desarrollo Azua, San Juan, Elías Piña (FUNDASEP).
ARTICULO 3.- La coordinación de la Comisión estará a cargo del Representante de la República Dominicana ante la UNCCD en República Dominicana; y el Grupo Técnico Interinstitucional (GTI), creado mediante Decreto No. 146-03, servirá como órgano de soporte.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de junio del año dos mil cinco (2005); años 162 de la Independencia y 142 de la Restauración.
LEONEL FERNANDEZ
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