Texto de la norma
Dec. No. 772-04 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 772-04
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del
presente decreto, habian sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar 10s
procedimientos que para cambios de nombres establece la Ley No. 659 sobre Actos del
Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERNADO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber
recibido dentro del plazo legal, ningun acto de oposicion a la solicitud formulada en tal
sentido por 10s interesados.
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades
requeridas por la ley.
VISTOS 10s Articulos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659, sobre Actos del
estado Civil, del 17 de julio de 1944.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- La seiiora Juana Cabrera Gomez, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Ana Mercedes Cabrera Gomez.
ARTICULO 2.- El seiior Violando Payano De la Cruz, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Orlando Payano De la Cruz.
ARTICULO 3.- La seiiora Ydalia Helena, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Eladia Helena.
ARTICULO 4.- La seiiora Maria Altagracia Cedeiio Sanchez, queda
autorizada a cambiar su nombre por el de Yahaira Cedeno Sanchez.
ARTICULO 5.- La seiiora Agripina Marte, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Ana Agripina Marte.
ARTICULO 6.- La seiiora Gertrudis Guzmin Valerio, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Ana Victoria Guzman Valerio.
ARTICULO 7.- La seiiora Marta Diolanda Troncoso Tejeda, queda
autorizada a cambiar su nombre por el de Marta Yolanda Troncoso Tejeda.
ARTICULO 8.- Los padres de la menor Husseina Delance Peralta, quedan
autorizados a cambiarle el nombre a su hija por el de Ana Maria Delance Peralta.
ARTICULO 9.- El seiior Macario Cruceta David, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Leone1 Cruceta David.
ARTICULO 10.- La seiiora Ursula Enriqueta Vasquez Peiia, queda
autorizada a cambiar su nombre por el de Enriqueta Vasquez Pena.
ARTICULO 11.- El seiior Buenaventura Enrique Cuevas Rosario, queda
autorizado a cambiar su nombre por el de Henry Cuevas Rosario.
ARTICULO 12.- Los padres de la menor Erica Odelisse Poline Paniagua,
quedan autorizados a cambiarle el nombre a su hija por el de Erika Odelis Poline
Paniagua.
ARTICULO 13.- La seiiora Maria de las Nieves Morales Chavez, queda
autorizada a cambiar su nombre por el de Mauricia Morales Chavez.
ARTICULO 14.- La seiiora Altagracia Nuesmi de 10s Santos Sena, queda
autorizada a cambiar su nombre por el de Altagracia Noemi de 10s Santos Sena.
ARTICULO 15.- Los padres del menor Marzio Magrin Rodriguez, quedan
autorizados a cambiarle el nombre a su hijo por el de Marzio Aldo Magrin Rodriguez.
ARTICULO 16.- La seiiora Inocencia Rijo Freijomil, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Rosa Maria Rijo Freijomil.
ARTICULO 17.- La madre del menor Miguel Smil Martinez, queda
autorizada a cambiarle el nombre a su hijo por el de Dilan Smil Martinez.
ARTICULO 18.- La seiiora Matilde Reina Acevedo Nuiiez, queda
autorizada a cambiar su nombre por el de Reyna Matilde Acevedo Nuiiez.
ARTICULO 19.- La seiiora Luisa Antonia Paulino Grullon, queda
autorizada a cambiar su nombre por el de Luisa Paulina Grullon.
ARTICULO 20.- La seiiora Filomena De la Cruz Rondon, queda autorizada
a cambiar su nombre por el de Nelly Altagracia De la Cruz Rondon.
ARTICULO 21.- La seiiora Viuda Maria Oviedo Valdez, queda autorizada
a cambiar su nombre por el de Sofia Oviedo Valdez.
ARTICULO 22.- El padre de la menor Ameba Lizardo Garcia, queda
autorizado a cambiarle el nombre a su hija por el de Genova Lizardo Garcia.
ARTICULO 23.- La seiiora Elida Mercedes Rosado Muiioz, queda
autorizada a cambiar su nombre por el de Alida Mercedes Rosado Muiioz.
ARTICULO 24.- La seiiora Encarnacion Marte, queda autorizada a cambiar
su nombre por el de Sencion Marte.
ARTICULO 25.- La seiiora Generosa Donastorg, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Eugenia Donastorg.
ARTICULO 26.- El seiior Antonio Quezada Mireles, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Porfirio Antonio Quezada Mireles.
ARTICULO 27.- La seiiora Gelin Geraldino Mora Diaz, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Gelen Gerardina Mora Diaz.
ARTICULO 28.- El seiior Toribio Nuiiez Carpio, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Jimmy Nuiiez Carpio.
ARTICULO 29.- Queda derogado el Articulo 25 del Decreto No. 682-04,
de fecha 21 de julio del aiio 2004, para que de ahora en adelante diga de la siguiente
manera: “La seiiora Serbia Octilia Montero Gonzaalez, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Silvia Otilia Montero Gonzalez”.
ARTICULO 30.- Enviese a la Junta Central Electoral, para 10s fines
correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s nueve (9) dias del mes de agosto del aiio dos mil
cuatro (2004); aiios 161 de la Independencia y 141 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
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