Texto de la norma
Dec. No. 1539-04 que concede incorporacion a varias asociaciones cooperativas.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 1539-04
VISTA la Ley No. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero
de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se concede el beneficio de la incorporacihn a las
siguientes Asociaciones Cooperativas:
1 .-
COOPERATIVA NACIONAL
DE
SERVICIOS MULTIPLES,
PRODUCCION, DESARROLLO SOCIAL Y COMUNITARIO
(COOPRODESCO), que tiene su domicilio en Santo Domingo Oeste,
D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea celebrada en fecha
21 del mes de octubre del aiio 2003.
2.-
EL GRUPO COOPERATIVO DE AHORROS Y CREDITOS DE
LOS
EMPLEADOS
Y
PROFESORES
DEL
INSTITUTO
TECNOLOGICO DE SANTO DOMING0 (COOPINTEC), que tiene
su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos
fueron aprobados en Asamblea Constitutiva el dia cinco (5) del mes de
octubre del aiio dos mil dos (2002).
ARTICULO 2.- El presente decreto deroga el numeral 3 del Articulo 1
del Decreto No. 611-04, de fecha siete (7) del mes de julio del aiio 2004, que concede el
beneficio de incorporacihn a la Cooperativa de Ahorro, Credito y Servicios Multiples de
Exportacihn (EXPORCOOP).
ARTICULO 3.- Enviese a1 Instituto de Desarrollo y Credito Cooperativo
(IDECOOP), para 10s fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s tres (3) dias del mes diciembre del aiio dos mil
cuatro (2004); aiios 161 de la Independencia y 142 de la Restauracihn.
LEONEL FERNANDEZ
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