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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 708-04

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACION A VARIAS INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 jul de 2004fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 10283-BISGaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 708-04 que concede el beneficio de la incorporación a varias instituciones sin fines de lucro. HIPOLITO MEJIA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 708-04 VISTA la Ley No.520, del 26 de julio de 1920, sobre asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario, y sus modificaciones En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitución de la Republica, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a las siguientes asociaciones 1.- FUNDACION SOCIO-CULTURAL PARA LA ORIENTACION DE LOS HAITIANOS EN LA REPUBLICA DOMINICANA (FUSOHRD), que tiene su domicilio en el municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 31 de diciembre del 2003. 2.- ACADEMIA DOMINICANA DE GENEALOGIA Y HERALDICA (ADGH), que tiene su domicilio en Santo domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 20 de marzo del 2004. 3.- CENTRO DE ATENCION PRIMARIA EL PINITO (CENAP), que tiene su domicilio en la sección Sabaneta, provincia La Vega, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 28 de mayo del 2004. 4.- FUNDACION PRODESARROLLO DEL MERCADO DE VALORES EN LA REPUBLICA DOMINICANA, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 29 de junio del 2004. 5.- FUNDACION ALONSO RODRIGUEZ DEMORIZI, que tiene su domicilio en la provincia de Puerto Plata, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 29 de mayo del 2004. 6.- PROGRAMA DE EDUCACION Y DESARROLLO ESPIRITUAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 27 de diciembre del 2003. 7.- FUNDACION DOMINICANA POR UNA SALUD POSIBLE (FUNDOSAP), que tiene su domicilio en la provincia de Santiago, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 25 de enero del 2004. 8.- CLUB AMAS DE CASA ALMA ROSA PRIMERA (CLACARP), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 15 de enero del 2004. 9.- FUNDACION HUMANISMO Y PROGRESO (FHP), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 15 de junio del 2004. 10.- PROYECTO COMUNITARIO ALTERNATIVA 2000 (PROCAL), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 6 de noviembre del 2002 y ratificada mediante Resolución de fecha 22 de junio del 2004. 11.- FRATERNIDAD INTERNACIONAL ASAMBLEAS DE DIOS AUTONOMAS HISPANAS (FIADAH), que tiene su domicilio en la provincia de San Cristóbal, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 13 de abril del 2004. 12.- ASOCIACION DE DUEÑOS DE CAMIONES DE SANTO DOMINGO ORIENTAL (ASODUCASANDO), que tiene su domicilio en el municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 25 de marzo del 2004. 13.- INSTITUTO SUPERIOR DE ESTUDIOS INTERNACIONALES (ISEI), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 10 de enero del 2004. 14.- CLUB CULTURAL, DEPORTIVO Y COMUNITARIO (DON PILO ESTEVEZ), que tiene su domicilio en el municipio de San José de Las Matas, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 18 de abril del 2004. 15.- ASOCIACION DE TAXISTAS DE LA LINEA SANTO DOMING0 (ASOTALISADO), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzman, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 19 de diciembre del 2003. 16.- PATRONATO DE ORGANIZACIONES DEL SECTOR LOS JARDINES DEL NORTE (PAOSEJANO), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzman, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 5 de diciembre del 2003. 17.- ASOCIACION DE TAXISTAS TURISTICOS, PUERTO Y HOTELES DE BOCA DE YUMA (ASOTATU.PHB.YUMA), que tiene su domicilio en el municipio de Higuey, provincia La Altagracia, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 22 de mayo del 2004. 18.- FEDERACION DOMINICANA DE CLUBES SOCIALES, CULTURALES Y DEPORTIVOS (FEDOCLUSO), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmin, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 27 de mayo del 2004. 19.- FUNDACION CLARETIANA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA VIDA (FUCLADIV), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzman, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 17 de abril del 2004. 20.- CENTRO DE DESARROLLO DE EMPRENDEDORES (CE- EMPRENDE), que tiene su domicilio en el municipio de Bani, provincia Peravia, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 20 de febrero del 2004. 21.- FUNDACION TRABAJO, EDUCACION Y PROSPERIDAD, que tiene su domicilio en el municipio de Oviedo, provincia Pedernales, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 18 de octubre del 2003. 22.- COMITE AGROPECUARIO UNITARIO DE SAN JUAN, que tiene su domicilio en el municipio de San Juan de la Maguana, provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 3 de febrero del 2004. 23.- FUNDACION VEGA REYES, que tiene su domicilio en el municipio de Tamboril, provincia Santiago, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 13 de octubre del 2003. 24.- FUNDACION VIARP PARA LA PROMOCION Y APOYO A LA EDUCACION, CIENCIA, TECNOLOGIA Y DESARROLLO HUMAN0 (FUNVIARP), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzman, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 5 de julio del 2004. 25.- FORO ECONOMIC0 Y SOCIAL, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmin, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 25 de septiembre del 2003. 26.- FUNDACION DE DESARROLLO INSTITUCIONAL JUVENIL (FUDEINJU), que tiene su domicilio en el municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 17 de mayo del 2004. 27.- FUNDACION PARA LA REHABILITACION, SALUD Y EDUCACION CRISTINA MENDEZ ACOSTA (FURESECMA), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzman, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 12 de mayo del 2004. 28.- FUNDACION KENNEDY VARGAS, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmin, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 12 de junio del 2004. 29.- IGLESIA EVANGELICA EBEN EZER 2DA., que tiene su domicilio en el municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 26 de junio del 2004. 30.- IGLESIA EVANGELICA LOS HIJOS DE SION, que tiene su domicilio en el municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 2 de enero del 2004. 31.- CONFEDERACION NACIONAL DE ORGANIZACIONES COMUNITARIAS (CONOCOM), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzman, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 13 de junio del 2003 y ratificada mediante Resolucihn de fecha 13 de julio del 2004. 32.- FEDERACION ARTISTICA Y ATLETICA INTERUNIVERSITARIA DOMINICANA (FAAID), que tiene su domicilio en la provincia Santiago, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 13 de junio del 2003 y ratificada mediante Resolucihn de fecha 13 de julio del 2004. 33.- INSTITUTO DOMINICAN0 DE INVESTIGACION Y ASESORIA COMPUTARIZADA (IDIACOM), que tiene su domicilio en la provincia Santiago, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 13 de junio del 2003 y ratificada mediante Resolución de fecha 13 de julio del 2004. 34.- INSTITUTO PROTECTOR DE LAS MADRES SOLTERAS (INPROMS), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 13 de junio del 2003 y ratificada mediante Resolución de fecha 13 de julio del 2004. 35.- FUNDACION PROFESIONALES EN ACCION (FUNDAPROA), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 24 de junio del 2004. 36.- FUNDACION DOMINICANA DE BOMBEROS (FDB), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 21 de julio del 2004. ARTICULO 2.- Dichas incorporaciones serán efectivas tan pronto como las indicadas asociaciones realicen el deposito y la publicación a que se refiere el Artículo 4 de la Ley No.520, del 26 de julio de 1920, sobre asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario. ARTICULO 3.- Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de julio del año dos mil cuatro (2004); años161 de la Independencia y 141 de la Restauración. HIPOLITO MEJIA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona