Texto de la norma
Dec. No. 670-04 que modifica el Párrafo I del Artículo 1 del Decreto No. 299-96, de fecha 13 de agosto de 1996.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 670-04
VISTO el Decreto No. 299-96, de fecha 13 de agosto de 1996, relativo a la permuta de 3,000,000.00 Mts.2 de terreno al Ayuntamiento del Distrito Nacional.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- Se modifica el Párrafo I del Artículo 1 del Decreto No. 299-96, de fecha 13 de agosto de 1996, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se permutan tres millones de metros cuadrados (3,000,000.00 Mts.2) de terreno, dentro del ámbito de las Parcelas Nos. 1C, 2C, 1B, 2B, 4B, 5B, 6B, 7B, 8B, 9B, 10, 6A, 7A, 9A, 12A, 13A, 14A, 2D, 3D, 4D, 5D, 6D, 7D y 15D, y 13, 14 del Distrito Catastral No. 19 y la Parcela 9 del Distrito Catastral No. 19, del Distrito Nacional, con un frente de tres (3) mil metros lineales a ambos lados de la Ave. Charles de Gaulle y Quinientos metros (500 Mts.) de fondo a partir del límite de dicha avenida, así como la cantidad de ciento diez mil metros cuadrados (110 Mts.2), dentro del límite Noroeste del Hipódromo V Centenario”.
ARTICULO 2.- Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales, al Consejo Estatal del Azúcar y al Ayuntamiento del Distrito Nacional, para su cumplimiento.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de julio del año dos Mil cuatro (2004); años 161 de la Independencia y 141 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.