Texto de la norma
Dec. No. 1022-01 que autoriza a varias sociedades comerciales a fijar domicilio en el
territorio de la Republica Dominicana.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 1022-01
VISTAS las instancias que por via de la Secretaria de Estado de Interior y
Policia han elevado a1 Poder Ejecutivo las sociedades comerciales que aparecen en la parte
dispositiva del presente decreto.
VISTO el Articulo 13 del Codigo Civil de la Republica Dominicana.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se autoriza a AMSTAR DOMINICANA GROUP, S.A.,
sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes de las Islas Virgenes
Britanicas, con su domicilio en Chera Chambers, Road Town, Tortola, Islas Virgenes
Britanicas, a fijar domicilio en la Republica Dominicana.
ARTICULO 2.- Se autoriza a LBK 6, CORP., sociedad comercial
organizada de conformidad con las leyes de las Islas Virgenes Britinicas, con su domicilio
en Chera Chambers, Road Town, Tortola, Islas Virgenes Britanicas, a fijar domicilio en la
Republica Dominicana.
ARTICULO 3.- Se autoriza a LARCROST, LTD., sociedad comercial
organizada de conformidad con las leyes de las Islas Virgenes Britinicas, con su domicilio
en Chera Chambers, Road Town, Tortola, Islas Virgenes Britanicas, a fijar domicilio en la
Republica Dominicana.
ARTICULO 4.- Se autoriza a EREVAN BAY, LTD., sociedad comercial
organizada de conformidad con las leyes de las Islas Virgenes Britinicas, con su domicilio
en Chera Chambers, Road Town, Tortola, Islas Virgenes Britanicas, a fijar domicilio en la
Republica Dominicana.
ARTICULO 5.- Se autoriza a SILVER STONES ASOCIATES, INC.,
sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes de las Islas Virgenes
Britanicas, con su domicilio en Chera Chambers, Road Town, Tortola, Islas Virgenes
Britanicas, a fijar domicilio en la Republica Dominicana.
ARTICULO 6.- Enviese a la Secretaria de Estado de Interior y Policia, para
10s fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s quince (15) dias del mes de octubre del aiio dos
mil uno (2001); aiios 158 de la Independencia y 139 de la Restauracihn.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.