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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1135-03

QUE DEROGA EL DECRETO NO. 240-98, DEL 6 DE JUNIO DE 1998.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 dic de 2003fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 10244Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 1135-03 que deroga el Decreto No. 240-98, del 6 de junio de 1998. HIPOLITO MEJIA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1135-03 CONSIDERANDO: Que en fecha 6 de junio de 1998, se dictó el Decreto No. 240-98, mediante el cual se otorgó a la empresa Explomar, S. A., la concesión para la explotación de caliza y travertino, denominada "La Trinchera", ubicada en los parajes Magueyal, La Trinchera, Orégano Grande y Arroyo Salado, secciones de Amiama Gómez, Las Yayas de Viajama, Guanito, Municipio de Azua y San Juan de la Maguana, Provincias Azua y San Juan, con un área de dos mil (2,000) hectáreas mineras. CONSIDERANDO: Que el Decreto No. 240-98 contraviene a la Ley No. 146 de 1971, sobre Minería, así como la Ley No. 1552, de fecha 11 de octubre del 1949, sobre Terrenos Registrados. CONSIDERANDO: Que la concesión de explotación fue autorizada sobre propiedad privada del Hotel Balneario La Hacienda. CONSIDERANDO: Que ante los reclamos de los legítimos propietarios, la Dirección General de Minería, evacuó una certificación dejando sin efecto el Oficio No. 856, de fecha 17 de noviembre del 1994, sobre extracción de materiales de la propiedad antes mencionada, al comprobar que la misma se realizaba en violación a la Ley de Minería. CONSIDERANDO: Que el Abogado del Estado, ordenó paralizar todas las labores existentes en la propiedad del Hotel Balneario La Hacienda, hasta tanto se decida el conflicto. VISTA la Ley No. 1552, de fecha 11 de octubre del 1949, sobre Terrenos Registrados; y VISTA la Ley No. 146 del año 1971, sobre Minería. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO UNICO.- Queda derogado el Decreto No. 240-98, de fecha 6 de junio del 1998. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de diciembre del año dos mil tres (2003); años 160 de la Independencia y 141 de la Restauración. HIPOLITO MEJIA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona