Texto de la norma
Dec. No. 512-01 que autoriza la impresion de estampillas para envases de bebidas
alcoholicas extranjeras.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 512-01
VISTA la Ley No.259, del 18 de junio de 1966, mediante la cual se
requiere que las bebidas alcoholicas extranjeras lleven adheridos a1 cuello de 10s envases
una estampilla de identificacion que pruebe su trafico legal.
VISTA la Ley No.2461, de fecha 18 de junio de 1950, sobre Especies
Timbradas.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se autoriza la impresion de estampillas para envases de
bebidas alcoholicas extranjeras, conforme a 10s siguientes criterios:
Treinta millones (30,000,000) de estampillas para
bebidas
alcoholicas
extranjeras
del tip0
de
RD$0.50, numeradas del uno (1) a1 treinta millones
(30,000,000) serie D en tres colores azul, rojo y
negro, en papel satinado de 55 libras.
ARTICULO 2.- Estas estampillas se imprimirin conforme a la siguiente
descripcion:
En tamaiio de cinco (5) pulgadas de largo por cinco
octavos (5/8) de ancho y tendran el siguiente
diseiio: en el centro se destacara el Escudo
Nacional; en la parte superior izquierda y en la
inferior derecha se leera “Bebidas Alcoholicas
Importadas”; en la parte superior derecha y en la
inferior izquierda llevara la inscripcion “Republica
Dorninicana”, en espacios rectangulares distribuidos
a ambos lados del Escudo Nacional, verticalmente,
se indicara el valor de cincuenta centavos
dominicanos (RD$0.50); en la parte izquierda, en el
espacio
comprendido
entre
10s terminos
de
“Bebidas Alcoholicas Importadas” y “Republica
Dorninicana”, se colocara la serie, y en ese mismo
espacio a la derecha, se pondra el numero
correspondiente, en color negro, de manera que se
destaquen 10s colores del fondo.
ARTICULO 3.- Enviese a la Secretaria de Estado de Finanzas y a1
Tesorero Nacional, para 10s fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s ocho (8) dias del mes de mayo del aiio dos mil
uno (2001); aiios 158 de la Independencia y 138 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
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