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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 486-01

que otorga a los señores Teolinda Caba, Pablo Licinio Valerio, Juan Medina, Dionisio Martínez Vargas, Rafael Castillo, Luis Henry Molina, Efraín Sánchez Soriano, José Antonio Peña Gómez, Rafael Santos y Eulogia Familia, la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el grado de Caballero

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
1 may de 2001fecha
Condecoracióntipo
G. O. 10087Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 486-01 que otorga a los señores Teolinda Caba, Pablo Licinio Valerio, Juan Medina, Dionisio Martínez Vargas, Rafael Castillo, Luis Henry Molina, Efraín Sánchez Soriano, José Antonio Peña Gómez, Rafael Santos y Eulogia Familia, la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el grado de Caballero. HIPOLITO MEJIA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 486-01 CONSIDERANDO: Los altos merecimientos acumulados en favor de los trabajadores dominicanos por los señores Teolinda Caba, Pablo Licinio Valerio, Juan Medina, Dionisio Martínez Vargas, Rafael Castillo, Luis Henry Molina, Efraín Sánchez Soriano, José Antonio Peña Gómez, Rafael Santos y Eulogia Familia. VISTA la Ley No.1113, de fecha 26 de mayo del 1936. OIDO el parecer del Consejo de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO UNICO.- Se otorga a los señores Teolinda Caba, Pablo Licinio Valerio, Juan Medina, Dionisio Martínez Vargas, Rafael Castillo, Luis Henry Molina, Efraín Sánchez Soriano, José Antonio Peña Gómez, Rafael Santos y Eulogia Familia, la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella, en la Grado de Caballero. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, al primer (1er.) día del mes de mayo del año dos mil uno (2001); años 158 de la Independencia y 138 de la Restauración. HIPOLITO MEJIA Dec. No. 487-01 establece que la Comisión Nacional de Emergencia, presidida por la Defensa Civil, es la entidad responsable de someter al Poder Ejecutivo los planes, programas, proyectos o propuestas que se formulen en el área de gestión de riesgos en el país, y que involucren la participación de Estado Dominicano.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona