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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 926-01

que crea e integra una comisión transitoria encargada de tomar las decisiones de lugar en pro del restablecimiento de la normalidad de los dominicanos afectados en la tragedia acaecida en la ciudad de New York, Estados Unidos de América, el 11 de septiembre del presente año

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 sept de 2001fecha
Designacióntipo
G. O. 10101Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
5personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Antonio TorresMiembro de un órganoSecretario de Estado sin Cartera
César CedeñoMiembro de un órganoSecretario de Estado de Deportes
Hugo Guilliani CuryMiembro de un órganoSecretario de Estado de Industria y Comercio
Luis Eludis PérezMiembro de un órganoCónsul General del Estado de Nueva York
José Antonio Peña GuabaMiembro de un órganoSecretario de Estado de la Juventud

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 926-01 que crea e integra una comisión transitoria encargada de tomar las decisiones de lugar en pro del restablecimiento de la normalidad de los dominicanos afectados en la tragedia acaecida en la ciudad de New York, Estados Unidos de América, el 11 de septiembre del presente año. HIPOLITO MEJIA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 926-01 CONSIDERANDO: Que los ataques terroristas perpetrados en el Estado de Nueva York, Estados Unidos de América, el día once (11) de septiembre del año 2001, han causado un daño a la humanidad. CONSIDERANDO: Que la colonia dominicana residente en [domicilio omitido]. CONSIDERANDO: Que la población dominicana que se encuentra actualmente afectada por una crisis internacional, requiere del apoyo y la ayuda del Gobierno Dominicano, a través de su Consulado en el Estado de Nueva York. CONSIDERANDO: Que la armonía, solidaridad y unidad de todos los dominicanos deben ser manifestadas en el lugar de los hechos a través de una labor en favor de todos los dominicanos residentes en [domicilio omitido]. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO 1.- Se crea la comisión transitoria compuesta por el señor Antonio Torres, Secretario de Estado sin Cartera; señor César Cedeño, Secretario de Estado de Deportes, Educación Física y Recreación; el señor Hugo Guilliani Cury, Secretario de Estado de Industria y Comercio; el señor Luis Eludis Pérez, Cónsul General del Estado de Nueva York, y el señor José Antonio Peña Guaba, Secretario de Estado de la Juventud. ARTICULO 2.- Dicha comisión tomará las decisiones de lugar en pro del restablecimiento de la normalidad de los dominicanos afectados por la tragedia acaecida y determinará los planes necesarios encaminados al logro de estos propósitos. ARTICULO 3.- Los fondos necesarios para realizar la misión encomendada serán otorgados por el Consulado General de la República Dominicana en el Estado de Nueva York. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de septiembre del año dos mil uno (2001); años 158 de la Independencia y 139 de la Restauración. HIPOLITO MEJIA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona