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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 809-02

QUE AUTORIZA A VARIOS AYUNTAMIENTOS A VENDER TERRENOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 oct de 2002fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 10174Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 809-02 que autoriza a varios ayuntamientos a vender terrenos. HIPOLITO MEJIA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 809-02 VISTA la Ley No. 4381, del 10 de febrero de 1956 y la Ley No. 5577, del 12 de julio de 1961; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: ARTICULO 1.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de San Pedro de Macorís vender a la señora María del Carmen Fernández Ramos, un solar, el cual tiene una designación municipal No.5, localizado dentro del ámbito de la parcela catastral No.264 del D.C. No. 6/1, municipio de San Pedro de Macorís con un área corregida de ciento setenta y tres punto cuarenta y siete metros cuadrados (173.47 Mts²), con los siguientes linderos: al Norte: Calle Martínez Castro; al Este: Resto de la Manzana; al Sur: Playa; al Oeste, Resto de la Manzana, por un valor total de Ochenta y Seis Mil Setecientos Treinta y Cinco Pesos con 00/100 (RD$86,735.00). ARTICULO 2.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender al señor Luis Manuel Carbuccia Arache, una porción de terreno ubicado dentro del ámbito de la parcela catastral No.48 del D.C. No. 11, del Municipio de Bayaguana, con un área corregida de ochocientos noventa y uno punto treinta y tres Ts (891.33 Ts), con los siguientes linderos: al Norte: Parcela No. 47; al Este: Parcela No. 49 (Río Guayabo); al Sur: Parcela No. 48 (Resto); al Oeste: Parcela No.48, (Resto), por un valor total de Quinientos Treinta y Cuatro Mil Setecientos Noventa y Ocho pesos con 00/100 (RD$534,798.00). ARTICULO 3.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago vender al señor Teofilo Apolinar Padilla, un solar, el cual tiene una designación catastral No.9 de la manzana catastral No.104 del D.C. No. 1, municipio de San Francisco de Macorís, con un área de ciento cuarenta y uno metros cuadrados (141 Mts²), con los siguientes linderos: al Norte: Solar Municipal No.6; al Este: Solar Municipal No.8; al Sur: Calle; al Oeste: Solar Municipal No.5, por un valor total de Treinta y Dos Mil Setenta y Siete Pesos con 50/100 (RD$32,077.50). ARTICULO 4.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de San Pedro de Macorís vender al señor César Castillo, un solar municipal, localizado en el ámbito de la manzana catastral No.85, del D. C. No. 1, del Municipio de San Pedro de Macorís, con una extensión superficial de trescientos diecinueve punto cinco metros cuadrados (319.05 Mts²), con los siguientes linderos: al Norte, Abraham Frías; al Este: calle Rafael Deligne; al Sur: Juan Arimer; al Oeste: Resto de la Manzana, por un valor total de Setenta y Seis Mil Quinientos Setenta y Dos Pesos con 00/100 (RD$76,572.00). ARTICULO 5.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago vender al señores Pedro Placencia Puntier y Elidí Yanette Alvarez, un solar, con designación municipal No. 124-A, de la manzana municipal No.2, localizado en el ámbito de la Parcela Catastral No. 219, D. C. No. 06, del Municipio de Santiago, con un área de mil setecientos dos punto veintisiete metros cuadrados (1,702.27 Mts²), con los siguientes linderos: al Norte: Camino a los Cerros; al Este, Solar Municipal No.123-D-17; al Sur, Carretera a Tamboril; al Oeste, Solar Municipal No. 124-B-1, por un valor total de Ciento Setenta Mil Doscientos Veintisiete Pesos con 00/100 (RD$170,227.00). ARTICULO 6.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago vender a la señora María Porfiria Concepción Hernández, un solar municipal con la designación Catastral de solar No. 8, manzana No. 390 del D. C. 1, del Municipio de Santiago, y con designación municipal de solar 773, manzana N0. 36, con un área corregida de ciento diecinueve punto catorce metros cuadrados (119.14 Mts²), con los siguientes linderos: al Norte, Calle Abu Rodríguez; al Este, Solar Municipal No. 775; al Sur: Solar Municipal No.772; al Oeste: Solar Municipal No. 771, por un valor total de Catorce Mil Ochocientos Noventa y Dos Pesos con 50/100 (RD$14,892.50). ARTICULO 7.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago vender al señor Asunción Báez Mota de Cedeño, un solar municipal con la designación No. 10, de la Manzana Catastral No. 329, del D.C. No. 1 del Municipio de San Pedro de Macorís, Designación Municipal de solar No.10, manzana No. 329, con un área corregida de doscientas noventa y ocho punto cincuenta y seis (298.56 Mts²), con los siguientes linderos: al Norte: Solar No. 11; al Este: Solar No. 5; al Sur: Solar No. 7; al Oeste: calle Presidente Jiménez, por un valor total de Veinte y Nueve Mil Ochocientos Cincuenta y Seis Pesos con 00/100 (RD$29,856.00). ARTICULO 8.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago vender al señor Mercedes del Carmen Hernández de Almonte, un solar municipal con la designación No. 1, de la Manzana No. 40, de la Parcela Catastral No. 56, del D.C. No. 8, del Municipio de Santiago, con un área corregida de ochenta y siete punto noventa y ocho metros cuadrados (87.98 Mts²), con los siguientes linderos: al Norte, Paso de Peatón; al Este: Solar Municipal No. 2; al Sur, Solar Municipal No.2; al Oeste, Calle Pablo Rojas, por un valor total de Once Mil Cuatrocientos Treinta y Siete Pesos con 40/100 (RD$11,437.40). ARTICULO 9.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago vender al señor Leopoldo de Jesús Espaillat Lizardo, un solar municipal, No. 1, de la Manzana No. 57, de la Parcela Catastral No. 154-A Parte del D. C No.6, del Municipio de Santiago, con un área de doscientos diecisiete punto catorce metros cuadrados (217.14 Mts²), y ubicado en la carretera a Jacagua esq. Calle 8, Francis Caamaño; con los siguientes linderos: al Norte, calle No. 8; al Este: Solar municipal No. 2; al Sur: Solar municipal No.13; al Oeste: Carretera Jacagua, por un valor total de Cincuenta y Cuatro Mil Doscientos Ochenta y Cinco Mil Pesos con 00/100 (RD$54,285.00). ARTICULO 10.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Bayaguana al señor Julio Luna Aybar, un solar municipal ubicado dentro de la parcela Catastral No. 125, del D. C. No. 2, del Municipio de Bayaguana, con un área corregida de mil seiscientos veintisiete punto ciento (1627.07 Mts²), con los siguientes linderos: al Norte: Camino carretero Desvío de Máquina; al Este: Resto de la Parcela No.125; al Sur: Resto de la Parcela No.125; al Oeste, Resto Parcela No.125, por un valor total de Ochenta y Un Mil Trescientos Cincuenta y Tres con 50/100 (RD$81,353.50). ARTICULO 11.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago vender al señor Lourdes María Valdez Báez, un solar municipal ubicado dentro de la Porción Catastral B, del D. C. No.1 del Municipio de Santiago, designación Municipal de Solar No.269,manzana 14, con un área corregida de ciento nueve punto ochenta metros cuadrados (109.80 Mts²), con los siguientes linderos: al Norte: Solar No.62; al Este: Solar No.59; al Sur: calle Juana Saltitopa; al Oeste: Solar No.61, por un valor total de Trece Mil Novecientos Noventa y Nueve Pesos con 00/100 (RD$13,999.50). ARTICULO 12.- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago vender al señor Mario Ramón Domínguez Rodríguez, un solar municipal, con designación municipal No. 1339, Manzana catastral No. 151, del D. C. No. 1, del Municipio de Santiago, con un área corregida de doscientos tres metros cuadrados (203.00 Mts²), con los siguientes linderos: al Norte: Calle Máximo Gómez; al Este, Solar Municipal No.1340; al Sur, Solar Municipal No. 1352, al Oeste, Terreno Propio, por un valor total de Treinta y Nueve Mil Quinientos Ochenta y Cinco Pesos con 00/100 (RD$39,585.00). Articulo 13.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía, para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de octubre del año dos mil dos (2002); años 159 de la Independencia y 140 de la Restauración. HIPOLITO MEJIA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona