Texto de la norma
Dec. No. 760-02 que suspende el exequatur marcado con el No.1380 del 10 de junio del
1966, en lo que se refiere a1 Arq. Leonidas Arturo Garcia Bautista.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 760-02
CONSIDERANDO: Que el Codigo de Etica Profesional del Colegio
Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA), en su Articulo 1,
establece que “se considera contrario a la etica e incompatible con el digno ejercicio de la
profesion, para un miembro del Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y
Agrimensores, actuar en cualquier forma que tienda a menoscabar el honor, la dignidad, el
respeto, la capacidad y 10s demas atributos que sirven de base a1 ejercicio cabal de la
profesion”.
CONSIDERANDO: Que el Codigo de Etica Profesional del Colegio
Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA), en su Articulo 2,
dispone que es contrario a la etica “Violar, permitir que se violen o influenciar para que
Sean violadas las leyes y reglamentaciones relacionadas con el ejercicio profesional”.
VISTA la Ley No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, sobre Exequatur
de Profesionales, y sus modificaciones.
VISTO el Reglamento Interno del Colegio Dominicano de Ingenieros,
Arquitectos y Agrimensores (CODIA).
VISTO el Codigo de Etica Profesional del Colegio Dominicano de
Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA).
VISTA la Sentencia en Segundo Grado dictada por el Tribunal Disciplinario
del Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA), de fecha
siete (7) del mes de febrero del aiio dos mil dos (2002).
VISTA la comunicacion del Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos
y Agrimensores (CODIA), dirigida a1 Seiior Presidente de la Republica, Ing. Hipolito
Mejia, de fecha nueve (9) del mes de mayo del aiio dos mil dos (2002), referente a la
solicitud de suspension de exequatur del Arq. Leonidas Arturo Garcia Bautista.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se suspende el decreto de exequatur marcado con el No.
1380, de fecha diez (10) del mes de junio de mil novecientos sesenta y seis (1966), en lo
que se refiere especificamente a1 seiior LEONIDAS ARTURO GARCIA BAUTISTA
(Arquitecto), por el period0 de un (1) aiio a partir de la fecha del presente decreto.
ARTICULO 2.- Enviese a1 Colegio Dominican0 de Ingenieros, Arquitectos
y Agrimensores (CODIA), y a la Secretaria de Estado de Educacion Superior, Ciencia y
Tecnologia, para 10s fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s veinticinco (25) dias del mes de septiembre del
aiio dos mil dos (2002); aiios 159 de la Independencia y 140 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
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