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Decreto

Decreto 224-01

que crea al Departamento de Pesca y Acuicultura, adscrito a la Subsecretaría de Producción de la Secretaría de Estado de Agricultura

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 feb de 2001fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 10072Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 224-01 que crea al Departamento de Pesca y Acuicultura, adscrito a la Subsecretaría de Producción de la Secretaría de Estado de Agricultura. HIPOLITO MEJIA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 224-01 CONSIDERANDO: Que es deber del Estado Dominicano, garantizar el uso razonable de los recursos hidrobiológicos y suelos para la producción y abastecimiento de alimentos a la población del país. CONSIDERANDO: Que la explotación pesquera del mar y aguas interiores, así como también la actividad acuícola hacen uso de los recursos hidrobiológicos y suelos del país para la producción de alimentos de origen animal y vegetal. CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recurso Naturales, vela por el cumplimiento de las normas de protección y conservación de los recursos flora y fauna acuáticos. CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado de Agricultura, tiene el compromiso y la responsabilidad de la implementación y la ejecución de políticas de producción de alimentos, en armonía con el uso sostenible de los recursos naturales hidrobilógicos y suelos. VISTOS el acápite 7 de al Artículo 18 y el Artículo 149 de la Ley General No.64-00, del 18 de agosto del 2000, sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales. VISTO el acápite (m) del Artículo 1 de la Ley No.8, del 8 de septiembre de 1965, que asigna a la Secretaría de Estado de Agricultura, las atribuciones de fomentar la producción agropecuaria en el país. VISTAS las disposiciones contenidas en el Decreto No.562-00, de fecha 23 de agosto del 2000. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO 1.-Se crea el Departamento de Pesca y Acuicultura adscrito a la Subsecretaría de Producción de la Secretaría de Estado de Agricultura. ARTICULO 2.- El Departamento de Pesca y Acuicultura tiene entre sus funciones principales, las que se enumeran a continuación: • Promover y fomentar todas las actividades de explotación pesquera y producción acuícola en todo el país. • Fomentar el desarrollo de la pesca costero artesanal y de mediana altura, a través de cooperativas pesqueras de ahorros y créditos, y empresas pesqueras. • Fomentar el desarrollo de la acuicultura rural de pequeña y mediana escala, así como los proyectos de gran escala y alta tecnología con fines comerciales y actividades de repoblación de peces en los cuerpos de aguas interiores. ARTICULO 3.- El Departamento de Pesca y Acuicultura estará constituido por la División de Pesca y la División de Acuicultura. ARTICULO 4.- El Secretario de Estado de Agricultura queda responsabilizado de la estructuración y funcionamiento de este Departamento a nivel nacional. ARTICULO 5.- El presente decreto deroga el acápite a) del Artículo 1 del Decreto No.562-00, del 23 de agosto del 2000. ARTICULO 6.- Se transfiere y en consecuencia dependerá del Departamento de Pesca y Acuicultura de la Secretaría de Estado de Agricultura, la Dirección de Recursos Pesqueros, la administración de sus bienes materiales y personal. DADO en la cuidad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de febrero de año dos mil uno; años 157 de Independencia y 138 de la Restauración. HIPOLITO MEJIA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona