Texto de la norma
Dec. No. 805-01 que declara de utilidad publica e inter& social una porcion de terreno
de 22.0 kilhetros cuadrados en la cuenca del Rio Camu, municipios de La Vega y
Jarabacoa, para ser destinada a la construccion del Proyecto de Aprovechamiento
Multiple de 10s Recursos HidrauIicos de dicho rio, Presea de Guaigui y su Ernbalse.
HIPOLITO ME JIA
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 805-01
CONSIDERANDO: Que con el Proyecto de Aprovechamiento M6ltiple de
10s Recursos Hidriiulicos del Rio Camu, Presa de Guaigui a cargo del Instituto Nacional de
Recursos Hidrhulicos (INDRHI), se abastecerti de agua potable a la ciudad de La Vega en
la regi6n Norte de la Republica Dorninicana: se irrigartin una 10,000 tareas de tierras
agn'colas en adici6n a las actualmente irrigadas, se mitigarhn 10s efectos de las crecidas
peri6dicas del Rio Cam6 que afectan a la ciudad de La Vega; y se podrin generar 12.4
millones de lulovatios-hora cada aiio con una potencia de 3.700 kilovatios.
CONSIDERANDQ: Que deben tornarse todas las medidas necesarias para
garantizar que dicho Proyecto de Aprovechamiento Mdtiple produzca 10s beneficios
deseados.
VISTA la Ley No. 344, del 29 de julio de 1943 y sus modificaciones, sobre
Procedimierits de Expropiacidn.
En el ejcrcicio de Ias atribuciones que me confiere el Articulo 55 dc la
Constituci6n de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
ARTICULO 1.- Se declara de utilidad piiblica e inter& social la adquisicih
por el Estado Dominicano de una extensidn de terreno de aproximadamente 22.0
kil6metros cuadrados en la cuenca del Rio Camii en 10s municipios de La Vega y
Jarabacoa, provincia de La Vega, que serhn afectadas por la construcci6n del Proyecto de
Aprovechamiento MGltiple de 10s Recursos Hidraulicos del Rio Camii, Presa de Guaigiii y
su embalse, cuyos limites estin definidos por el poligono que se forma uniendo por lineas
rectas en secuencia, 10s puntos de coordenadas que se indican a continuaci6n:
Punto No. 1: 2,122,500 N y 334,000 E
-
Punto No. 2: 2,122,500 N y 336,000 E
Punto No. 3: 2,124,500 N y 339,000 E
-
Punto No. 4: 2,124,000 N y 339,000 E
Punto No. 5: 2,121,600 N y 335,700 E
Punto No. 6: 2,121,600 N y 338,000 E
-
Punto No. 7: 2,117,000 N y 338,000 E
Punto No. 8: 2,117,000 N y 334,000 E
El poligono se cierra uniendo 10s puntos No. 8 y No. 1.
-
-
ARTICULO 2.- En cas0 de no llegarse a un acuerdo amigable con 10s
propietarios de 10s terrenos precedentemente indicados para su compra de grado a grado
por el Estado Dominicano, la Administracih General de Bienes Nacionales realizari todos
10s actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo con
las leyes, para obtener la expropiacih de 10s mismos.
ARTICULO 3.- Se declara de urgencia que el Estado Dominicano entre en
posesidn de 10s terrenos indicados, a fin de que se puedan iniciar en 10s mismos, de
inmediato, 10s trabajos necesarios para 10s fines seiialados en el Articulo 1 del presente
Decreto, luego de ser cumplidos 10s requisitos exigidos por el Articulo 13 de la Ley No.
344, del 29 de julio de 1943, modificado por la Ley No. 700, del 31 de julio de 1974.
ARTICULO 4.- La entrada en posesi6n por el Estado Dominicano de 10s
mencionados terrenos, sera ejecutada por el Abogado del Estado, a1 tenor de lo dispuesto
por la Ley No. 486, del 10 de noviembre de 1964, que agrega un pkafo a1 Articulo 13 de
la Ley No. 344, del 29 de julio de 1943.
ARTICULO 5.- Enviese a la Administracidn General de Bienes Nacionales,
a la Oficina del Abogado del Estado, a la Direccidn General del Catastro Nacional, a1
Registrador de Titulos que corresponda y a1 Instituto Nacional de Recursos Hidriulicos,
para 10s fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmiin, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a1 primer (ler.) dia del mes de agosto del aiio dos mil
uno (2001); aAos 158 de la Independencia y 138 de la Restauraci6n.
HIPOLITO ME JIA
Dee. No. 806-01 que transfiere a1 Banco Nacional de la Vivienda una porcion de
terreno de 28,970.54 m2., con fines de contribuir a su capitalizacion, dentro de la
parcela No. 258-B, del D. C. No. 3 del municipio de La Vega, para la construcci6n de
doce (12) edificios multifamiliares.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.