miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
Decreto

Decreto 805-01

que declara de utilidad publica e inter& social una porcion de terreno de 22.0 kilhetros cuadrados en la cuenca del Rio Camu, municipios de La Vega y Jarabacoa, para ser destinada a la construccion del Proyecto de Aprovechamiento Multiple de 10s Recursos HidrauIicos de dicho rio, Presea de Guaigui y su Ernbalse

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
1 ago de 2001fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 10099Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 805-01 que declara de utilidad publica e inter& social una porcion de terreno de 22.0 kilhetros cuadrados en la cuenca del Rio Camu, municipios de La Vega y Jarabacoa, para ser destinada a la construccion del Proyecto de Aprovechamiento Multiple de 10s Recursos HidrauIicos de dicho rio, Presea de Guaigui y su Ernbalse. HIPOLITO ME JIA Presidente de la Republica Dorninicana NUMERO: 805-01 CONSIDERANDO: Que con el Proyecto de Aprovechamiento M6ltiple de 10s Recursos Hidriiulicos del Rio Camu, Presa de Guaigui a cargo del Instituto Nacional de Recursos Hidrhulicos (INDRHI), se abastecerti de agua potable a la ciudad de La Vega en la regi6n Norte de la Republica Dorninicana: se irrigartin una 10,000 tareas de tierras agn'colas en adici6n a las actualmente irrigadas, se mitigarhn 10s efectos de las crecidas peri6dicas del Rio Cam6 que afectan a la ciudad de La Vega; y se podrin generar 12.4 millones de lulovatios-hora cada aiio con una potencia de 3.700 kilovatios. CONSIDERANDQ: Que deben tornarse todas las medidas necesarias para garantizar que dicho Proyecto de Aprovechamiento Mdtiple produzca 10s beneficios deseados. VISTA la Ley No. 344, del 29 de julio de 1943 y sus modificaciones, sobre Procedimierits de Expropiacidn. En el ejcrcicio de Ias atribuciones que me confiere el Articulo 55 dc la Constituci6n de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T O : ARTICULO 1.- Se declara de utilidad piiblica e inter& social la adquisicih por el Estado Dominicano de una extensidn de terreno de aproximadamente 22.0 kil6metros cuadrados en la cuenca del Rio Camii en 10s municipios de La Vega y Jarabacoa, provincia de La Vega, que serhn afectadas por la construcci6n del Proyecto de Aprovechamiento MGltiple de 10s Recursos Hidraulicos del Rio Camii, Presa de Guaigiii y su embalse, cuyos limites estin definidos por el poligono que se forma uniendo por lineas rectas en secuencia, 10s puntos de coordenadas que se indican a continuaci6n: Punto No. 1: 2,122,500 N y 334,000 E - Punto No. 2: 2,122,500 N y 336,000 E Punto No. 3: 2,124,500 N y 339,000 E - Punto No. 4: 2,124,000 N y 339,000 E Punto No. 5: 2,121,600 N y 335,700 E Punto No. 6: 2,121,600 N y 338,000 E - Punto No. 7: 2,117,000 N y 338,000 E Punto No. 8: 2,117,000 N y 334,000 E El poligono se cierra uniendo 10s puntos No. 8 y No. 1. - - ARTICULO 2.- En cas0 de no llegarse a un acuerdo amigable con 10s propietarios de 10s terrenos precedentemente indicados para su compra de grado a grado por el Estado Dominicano, la Administracih General de Bienes Nacionales realizari todos 10s actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo con las leyes, para obtener la expropiacih de 10s mismos. ARTICULO 3.- Se declara de urgencia que el Estado Dominicano entre en posesidn de 10s terrenos indicados, a fin de que se puedan iniciar en 10s mismos, de inmediato, 10s trabajos necesarios para 10s fines seiialados en el Articulo 1 del presente Decreto, luego de ser cumplidos 10s requisitos exigidos por el Articulo 13 de la Ley No. 344, del 29 de julio de 1943, modificado por la Ley No. 700, del 31 de julio de 1974. ARTICULO 4.- La entrada en posesi6n por el Estado Dominicano de 10s mencionados terrenos, sera ejecutada por el Abogado del Estado, a1 tenor de lo dispuesto por la Ley No. 486, del 10 de noviembre de 1964, que agrega un pkafo a1 Articulo 13 de la Ley No. 344, del 29 de julio de 1943. ARTICULO 5.- Enviese a la Administracidn General de Bienes Nacionales, a la Oficina del Abogado del Estado, a la Direccidn General del Catastro Nacional, a1 Registrador de Titulos que corresponda y a1 Instituto Nacional de Recursos Hidriulicos, para 10s fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmiin, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a1 primer (ler.) dia del mes de agosto del aiio dos mil uno (2001); aAos 158 de la Independencia y 138 de la Restauraci6n. HIPOLITO ME JIA Dee. No. 806-01 que transfiere a1 Banco Nacional de la Vivienda una porcion de terreno de 28,970.54 m2., con fines de contribuir a su capitalizacion, dentro de la parcela No. 258-B, del D. C. No. 3 del municipio de La Vega, para la construcci6n de doce (12) edificios multifamiliares.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona