Texto de la norma
Dec. No. 981-03 que modifica el numeral 4 del Art. 2 del Decreto No. 370-98.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 981-03
VISTA la Comunicación No. 1590 de fecha 11 de septiembre del 2003 de la Liga Municipal Dominicana.
VISTA la Ley No. 4381 de 10 de febrero de 1956 y la Ley No. 5577 del 12 de julio de 1961.
VISTO el Decreto No. 370-98 de fecha 5 de octubre del 1998, que autoriza a varios ayuntamientos a vender terrenos.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
ARTICULO 1.- Se modifica el numeral 4 del Artículo 2 del Decreto No. 370-98, para que en los adelante diga de la manera siguiente:
"4) A los señores Mario A. Llenas Bueno y/o Dolores Mercedes Llenas Bueno, una porción de terreno con designación municipal No. 90-B-7-A-1-B, de la manzana municipal No. 2, ubicada dentro del ámbito de la Parcela Catastral No. 213-B-21-A del Distrito Catastral No. 6, con un área de 4,664.73 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte: Calle Privada; al Este: Calle al Tanque; al Sur: Calle a Los Cerros; y al Oeste: Parcela Municipal Nos. 90-B-7-1-A, por el precio total de RD$629,738.55 (Seiscientos Veintinueve Mil Setecientos Treinta y Ocho Pesos con 55/100), ubicada en Los Cerros de Gurabo, Santiago".
ARTICULO 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía y a la Liga Municipal, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de octubre del año dos mil tres (2003); años 160 de la Independencia y 141 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
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