Texto de la norma
Dec. No. 755-01 que autoriza la impresión de sellos para documentos.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 755-01
VISTA la Ley No. 2461, de fecha 18 de julio de 1950, sobre Especies Timbradas.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- Se autoriza la impresión de sellos para documentos, bajo los siguientes criterios:
• Dos millones (2,000,000) de sellos de RD$0.25 numerados del 6000001 al 8000000, color anaranjado, en papel especial engomado con fibras impresas en azul y rojo de 50 libras, o en papel autoadhesivo semigloss permanente con fibras impresas en azul y rojo. 2001.
• Cinco millones (5,000,000) de sellos de RD$1.00, color verde claro, numerados del 0000001 al 5000000 en papel especial engomado con fibras impresas en azul y rojo de 50 libras, o en papel autoadhesivo semigloss permanentes con fibras impresas en azul y rojo. 2001.
ARTICULO 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Finanzas y al Tesorero Nacional, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de julio del año dos mil uno (2001); años 158 de la Independencia y 138 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.