HIPOLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 698-01
CONSIDERANDO: Que corresponde a la Secretaría Técnica de la Presidencia determinar la organización administrativa y los métodos de trabajo que deben ser implementados en el sector público.
CONSIDERANDO: Que el Secretariado Técnico de la Presidencia cuenta con un departamento responsable de la evaluación, revisión e implementación de todos aquellos asuntos que guarden relación con la tecnología de la información, el cual está a cargo del Subsecretario Técnico de Sistemas de Información.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
ARTICULO 1.- A partir del presente decreto se transfieren a la Subsecretaría Técnica de Sistemas de Información todas las funciones y atribuciones que les fueron asignadas a la Oficina de Tecnología de la Información (ONTI), mediante Decreto No.1275-00, de fecha 8 de diciembre del 2000.
PARRAFO.- El Subsecretario Técnico de Sistemas de Información solo podrá dentro del límite de las atribuciones que se le transfieren ofrecen consultas sobre
proyectos informaticos del Estado asi como requerimientos de equipos, programas y
personal tecnico relacionados a 10s mismos.
ARTICULO 2.- El presente decreto deroga 10s Articulos 2 y 3 del
Decreto No. 1275-00, de fecha 8 de diciembre del 2000.
ARTICULO 3.- Enviese a la Secretaria Tecnica de la Presidencia, para
10s fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s dos (2) dias del mes de julio del aiio dos mil
uno (2001); aiios 158 de la Independencia y 138 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona