Texto de la norma
Dec. No. 697-01 que declara el día 2 de julio de cada año, como “Día de Concepción Bona”, y concede la condecoración de la Orden del Merito de Duarte, Sánchez y Mella en el grado de Comendador, póstumamente, a Concepción Bona, por su heroico patriotismo y símbolo eterno de dominicanidad.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 697-01
CONSIDERANDO: Que el día dos (2) del mes de julio de 2001 se conmemora el centenario del fallecimiento de Concepción Bona (1824-1901), la insigne heroína que con sus manos bordó la primera Bandera Nacional que fuera ondeada por los conjurados de la noche del 27 de Febrero de 1844, para anunciar al mundo y a los pueblos civilizados el nacimiento de la República Dominicana, en la parte oriental de la Isla de Santo Domingo.
CONSIDERANDO: Que es un deber del Estado reivindicar la historia de la mujer dominicana y elevar el grado de conocimiento sobre los aportes que ha realizado el sujeto femenino a la construcción de la sociedad, a través del humanismo y entrega espiritual a las nobles causas de la Nación.
CONSIDERANDO: Que la vida ejemplar de Concepción Bona entregada en pos de la libertad, constituye un hecho que debe ser recordado por toda la sociedad dominicana como un aporte a la democracia.
CONSIDERANDO: Que a instancias de la Secretaría de Estado de la Mujer, quien propuso esta conmemoración de alta trascendencia, con el fin de viabilizar las potencialidades espirituales y destacar la participación activa de la mujer en el devenir histórico y en sus funciones cívicas desde su situación genérica.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1.- Se declara el día dos (2) del mes de julio como: "Día de Concepción Bona".
ARTÍCULO 2.- Se concede como homenaje póstumo la condecoración de la Orden del Mérito de "Juan Pablo Duarte", en el grado de Comendador, a Concepción Bona, por su heroico patriotismo, símbolo eterno de la dominicanidad y de la obra que Los Trinitarios legaron a las generaciones futuras.
ARTÍCULO 3.- Dicha condecoración será recibida por los familiares directos de Concepción Bona.
ARTÍCULO 4.- Se crea una Comisión Oficial, a fin de representar el Gobierno y el Estado Dominicano en la efeméride de la conmemoración del centenario del fallecimiento de Concepción Bona, que será integrada por las siguientes personas:
1.- Dra. Milagros Ortiz Bosch, Vicepresidenta de la República, quien la presidirá.
2.- Dra. Yadira Henríquez de Sánchez Baret, Secretaria de Estado de la Mujer.
3.- Lic. Tony Raful, Secretario de Estado de Cultura.
4.- Dra. Zoraida Heredia Vda. Zuncar, Educadora.
5.- Dra. María Elena Muñoz, Historiadora.
6.- Lic. Marino Alvarez Dugan, Director del Periódico “Hoy”.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de junio del año dos mil uno (2001); años 158 de la Independencia y 138 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
El suscrito: Consultor Juridic0 del Poder Ejecutivo
Certifica que la presente publicacion es oficial
Dr. Guido Gomez Mazara
Santo Domingo, D. N., Republica Dominicana
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