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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 763-03

que modifica el Artículo 2 del Decreto No. 1020-01, Artículo 4 del Decreto No. 277-00, Artículo 15 del Decreto No. 29-03 y el Artículo 1ro. del Decreto No. 566-88, en donde los Ayuntamientos de Santiago y Mao, vendían solares de su propiedad

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 ago de 2003fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 10227Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 763-03 que modifica el Artículo 2 del Decreto No. 1020-01, Artículo 4 del Decreto No. 277-00, Artículo 15 del Decreto No. 29-03 y el Artículo 1ro. del Decreto No. 566-88, en donde los Ayuntamientos de Santiago y Mao, vendían solares de su propiedad. HIPOLITO MEJIA Presidente de la República Dominicana NUMERO. 763-03 VISTA la Ley no.4381 del 10 de febrero de 1956 y la Ley No. 5577 del 12 de julio de 1961; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente D E C R E T O: ARTÍCULO 1.- Se modifica el artículo 2, del Decreto No.1020-01 de fecha 15 del mes de octubre del año 2001, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago vender a los señores FERMIN LOVERA Y MANUEL DE JESUS VARGAS MERCADO, una porción de terreno con designación municipal de solar No. 32, manzana No. 14, dentro de la parcela catastral No. 129-L (Parte), Distrito Catastral No. 6, municipio de Santiago con una extensión superficial de doscientos sesenta y cinco punto trece metros cuadrados (265.13 Mt2), con los siguientes linderos: al norte: Solar No. 33; al Sur: Avenida Segunda; al Este: Solar No. 31; al Oeste: Calle No. 17,valorado en setenta y nueve mil quinientos treinta y nueve pesos dominicanos con 00/100 (RD$ 79,539.00). ARTICULO 2.- Se modifica el Articulo 4, del Decreto No. 277-00 de fecha 26 del mes de junio del año 2000, par que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago vender al señor FELIPE ANTONIO ADAMES, un solar municipal marcado con el No. 897-A-2-G, Manzana No. 43, solar catastral No. 1-PROV-A (Parte, porción F del D. C. No. 1, con un área de doscientos punto cuarenta y ocho metros cuadrados (200.48 Mts2), con los siguientes linderos: al Norte: Solar municipal No. 897-A-2-H; al Este: Solar municipal No. 897-B; al Sur: solar municipal No. 897-A-2-F, al Oeste: Calle Gustavo A. Tavarez, por la suma de treinta mil setenta y dos pesos dominicanos con 00/100 (RD$ 30,072.00). ARTICULO 3.- Se modifica el Articulo 15, del Decreto No. 29-03 de fecha 14 del mes de enero del año 2003,, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “ Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Valverde Mao vender a la señora JUSTINA VENTURA, una porción de terreno, localizada dentro de la manzana No.80 del D. C. No. 1, con un área doscientos cincuenta y cuatro punto cincuenta y dos metros cuadrados (254.52 Mts2), por un valor total de cincuenta mil novecientos cuatro pesos dominicanos con 00/100 (RD$ 50,904.00). ARTICULO 4.- Se modifica el Artículo 1ro., párrafo 12 del Decreto No. 566-88, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento municipal de Santiago vender al señor FELIX ANTONIO NUÑEZ, solar municipal No. 21, Manzana No. 30, correspondiente a la parcela catastral No. 366, del D.C. No.1, un área de ciento quince punto setenta y nueve metros cuadrados (115.79 Mts2), por la suma de dos mil trescientos quince pesos dominicanos con 80/100 (RD$ 2,315.80). ARTICULO 5.- Envíese a la Secretaria de Estado de Interior y Policía para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de agosto del año dos mil tres (2003); años 160 de la Independencia y 140 de la Restauración. HIPOLITO MEJIA Dec. No. 764-03 dispone que la Oficina Nacional de Meteorología pasará a ser dependencia de la Dirección General de Aeronáutica Civil.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona