HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 359-01
CONSIDERANDO: El incremento que ha experimentado la poblacion de
hombres, mujeres y niiios residentes en [domicilio omitido].
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- El hospital construido por el Estado Dominicano en el
sector de Herrera, de esta ciudad de Santo Domingo, que actualmente se encuentra en via
de ser equipado e inaugurado queda instituido como el primer centro de atencion
mixto, destinado a brindar servicios de salud a la poblacihn demandante proveniente del
Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS) y de la Secretaria de Estado de Salud
Publica y Asistencia Social (SESPAS).
ARTICULO 2.- Enviese a la Secretaria de Estado de Salud Publica y
Asistencia Social y a1 Instituto Dominicano de Seguros Sociales, para 10s fines
correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s catorce (14) dias del mes de marzo del aiio dos
mil uno; aiios 158 de la Independencia y 138 de la Restauracihn.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona