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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 503-03

que declara de alta prioridad, para 10s fmes de ejecucion de las obras viales que realiza el Gobierno Dominicano, disponer en el mercado local de 10s productos y subproductos derivados del petroleo, necesarios para la preparacion de la pavimentacion de las obras viales en todo el territorio nacional

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 may de 2003fecha
Concesióntipo
G. O. 10214Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 503-03 que declara de alta prioridad, para 10s fmes de ejecucion de las obras viales que realiza el Gobierno Dominicano, disponer en el mercado local de 10s productos y subproductos derivados del petroleo, necesarios para la preparacion de la pavimentacion de las obras viales en todo el territorio nacional. HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dorninicana NUMERO: 503-03 CONSIDERANDO: Que es de alto interes para el Estado Dominicano disponer en el mercado local, de 10s productos utilizados para la pavimentacion de obras viales, en 10s tipos de 10s derivados del petroleo (AC-30 y el subproducto denominado RC- 2, o su equivalente) materiales de consumo prioritarios para la preparacion de pavimentos flexibles. CONSIDERANDO: Que el Estado Dominicano es el principal consumidor de 10s derivados antes citados para las pavimentaciones viales. CONSIDERANDO: Que la pavimentacion vial garantiza las inversiones y la estructuracion de las obras publicas y que la misma mejora las condiciones de vida a 10s habitantes de la zona donde se ejecuta, mejorando con esto la higiene y salud de la poblacion beneficiada. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T 0: ARTICULO 1.- Se declara de alta prioridad, para 10s fines de la ejecucion de las obras viales que realiza el Gobierno dominicano, en todo el territorio nacional, disponer en el mercado local de 10s productos derivados del petroleo, denominados AC-30 y el subproducto RC-2 o su equivalente, necesarios para la preparacion de la pavimentacion de las obras viales en todo el territorio nacional. ARTICULO 2.- Se libera la importacion, el manejo y la comercializacion de 10s productos seiialados para que cualquier persona fisica o juridica, nacional o extranjera, pueda incurrir en la negociacion de dicho producto, mediante el libre comercio. ARTICULO 3.- Se designa una Comision integrada por 10s Secretarios de Estado de Industria y Comercio, Obras Publicas y Comunicaciones y el Director General de la Oficina Supervisora de Obras del Estado para que las mismas establezcan mediante reglamento las normas que regularan las condiciones de manejo, comercializacion y calidad -2 1 de dichos derivados. Asimismo, deberan fijar periodicamente el precio tope que regira la comercializacion de 10s mismos. ARTICULO 4.- El Estado dominicano a1 liberar el mercado no incurrira en ningh costo, transfiriendo a cada usuario 10s valores totales de dichos productos, por lo que se instruye a todas las instituciones estatales a tomar las medidas correspondientes en 10s contratos a convenirse. ARTICULO 5.- Quedan derogados y sin efecto juridic0 todas las disposiciones de igual o menor jerarquia que Sean contraria a1 presente decreto. ARTICULO 6.- Enviese a las Secretaria de Estado de Industria y Comercio, Obras Publicas y Comunicaciones, Direccion General de Aduanas y la Oficina Supervisora de Obras del Estado, para 10s fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s diecisiete (17) dias del mes de mayo del aiio dos mil tres (2003); aiios 160 de la Independencia y 140 de la Restauracion. HIPOLITO MEJIA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona