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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 56-01

QUE CREA E INTEGRA EL COMITE TRIPARTIDO PARA LA COOPERACION INTERNACIONAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
11 ene de 2001fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 10070Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 56-01 que crea e integra el Comité Tripartito para la Cooperación Internacional. HIPOLITO MEJIA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 56-01 CONSIDERANDO: Que la cooperación internacional ha venido jugando un papel importante como instrumento de apoyo al esfuerzo nacional para alcanzar el desarrollo socioeconómico del país. CONSIDERANDO: Que el uso y gestión de la cooperación internacional se caracterizó en el pasado por la dispersión, duplicidad de acciones, descoordinación de proyectos y falta de coherencias en las prioridades de desarrollo. CONSIDERANDO: La necesidad de encaminar acciones hacia la creación de un marco institucional que permita un mayor y mejor uso de los recursos provenientes de la cooperación internacional. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente D E C R E T O: ARTICULO 1.- Se crea el Comité Tripartito para la Cooperación Internacional. ARTICULO 2.- El Comité Tripartito para la Cooperación Internacional estará compuesto por los titulares Ex Oficio de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, la Oficina del Ordenador Nacional para los Fondos Europeos de Desarrollo y el Secretariado Técnico de la Presidencia. ARTICULO 3.- El Comité estará presidido por el titular Ex Oficio de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores. ARTICULO 4.- Los miembros de este Comité crearán cuantos grupos de trabajo consideren pertinentes, pudiendo incluir en los mismos, de manera interina a aquellas instituciones públicas, privadas y que sean convenientes. ARTICULO 5.- Serán funciones de este Comité la coordinación, dirección y ejecución de la cooperación internacional hacia áreas consideradas de interés dentro de los sectores prioritarios del Programa de Gobierno, así como el estudio y evaluación de las demandas que generen las instituciones nacionales. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de enero del año dos mil uno, años 157 de la Independencia y 138 de la Restauración. HIPOLITO MEJIA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona