Texto de la norma
Dec. No. 49-01 que crea e integra la Comisión para la Revisión de la Ley No. 8-90, del 15 de enero de 1990.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 49-01
CONSIDERANDO: Que la Ley No.8-90, de fecha 15 de enero de 1990, que fomenta el establecimiento de las empresas operadoras de zonas francas nuevas y el crecimiento de las existentes, tiene actualmente más de 10 años de vigencia.
CONSIDERANDO: Que ha habido una evolución en el mercado internacional, debido al proceso de globalización que actualmente se desarrolla a nivel de los mercados de bienes y servicios relacionados con las naturaleza misma para lo cual fueron creadas las empresas de zonas francas de exportación.
CONSIDERANDO: Que se hace necesario maximizar los beneficios con que cuenta el país en materia de comercio, adecuando la reglamentación legal existente.
VISTA la Ley No. 8-90, del 15 de enero del año 1990.
VISTO el Decreto No. 366-97, de fecha 29 de agosto del 1997.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
D E C R E T O:
ARTICULO UNICO.- Se crea una Comisión para la Revisión de la Ley No.8-90, del 15 de enero del 1990, compuesta de la siguiente manera: el Secretario de Estado de Industria y Comercio, dos miembros de ADOZONA, un miembro del Parque Cibernético, un miembro de la Oficina de la Promoción de la Inversión Extranjera (OPI), un miembro de la Dirección General de Aduanas, un miembro de la Corporación de
Fomento Industrial, un miembro del Banco Central de la Republica Dominicana y cuya coordinación estará a cargo de la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de enero del año dos mil uno; años 157 de la Independencia y 138 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
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