Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 10070Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
Texto
Texto de la norma
Dec. No. 48-01 que crea e integra la Comisión Encargada de la Revisión del Acuerdo de Asuntos Aduanales para Zonas Francas de Exportación.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 48-01
CONSIDERANDO: Que el sector de zonas francas es actualmente uno de los principales renglones que dinamiza la economía dominicana generando un considerable ingreso de divisas.
CONSIDERANDO: Que el régimen aduanero desempeña un rol preponderante en el desempeño de los procesos que conlleva la naturaleza misma de las operadoras y empresas de zonas francas de exportación.
CONSIDERANDO: La facultad que tiene el Estado Dominicano de mantener un orden y equilibrio en la aplicación de la Ley No. 8-90, del 15 de enero de 1990, que fomenta el establecimiento de las empresas operadoras de zonas francas nuevas y el crecimiento de las existentes, así como velar por el ambiente armónico en las relaciones de aquellos sectores ligados a las mismas.
CONSIDERANDO: Que por los motivos antes expuestos, se hace necesaria una revisión del Acuerdo para Asuntos Aduanales.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
D E C R E T O:
ARTICULO UNICO.- Se crea la Comisión Encargada de la Revisión del Acuerdo de Asuntos Aduanales para Zonas Francas de Exportación. Esta comisión estará compuesta por el Ing. Federico Domínguez, en representación de ADOZONA, quien la presidirá; un miembro de la Dirección General de Aduanas y un representante del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, bajo la coordinación de la Dirección del Consejo de Zonas Francas de Exportación.
PARRAFO.- Esta comisión hará las recomendaciones que considere necesarias al Poder Ejecutivo, en un plazo de 90 días, a partir de la fecha de este decreto.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de agosto del año dos mil uno, años 157 de la Independencia y 138 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona