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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 842-00

que nombra al senor Ricardo Arturo de Moya Despradel, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la Republica ante la Republica Bolivariana de Venezuela

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
26 sept de 2000fecha
Designacióntipo
G. O. 10060Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Ricardo Arturo de Moya DespradelDesignaciónEmbajador Extraordinario y Plenipotenciario de la Republica Dominicana ante la Republica Bolivariana de Venezuela

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Ricardo Arturo de Moya Despradel · Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la Republica Dominicana ante la Republica Bolivariana de Venezuela

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 26 oct de 2000. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otro decreto con este nombre →

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 842-00 que nombra al senor Ricardo Arturo de Moya Despradel, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la Republica ante la Republica Bolivariana de Venezuela. HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 842-00 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T O : ARTICULO UNIC0.- El seiior Ricardo Arturo de Moya Despradel, queda designado Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la Republica Dominicana ante la Republica Bolivariana de Venezuela. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s veintiseis (26) dias del mes de septiembre del aiio dos mi1,(2000), aiios 157 de la Independencia y 138 de la Restauracion. HIPOLITO MEJIA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona