Texto de la norma
Dec. No. 789-00 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 789-00
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambios de nombres establece la Ley No.659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados;
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la ley.
VISTOS los Artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No.659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente:
DECRETO:
ARTICULO 1.- La señora Selsión María Díaz Santana, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Sención María Díaz Santana.
ARTICULO 2.- La señora Nuestra Señora Medina Medina, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Belkis Medina Medina.
ARTICULO 3.- El señor Rafael Modesto Rodríguez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Rafael María Rodríguez.
ARTICULO 4.- La señora Lorenza Canela Castillo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Leocusa Canela Castillo.
ARTICULO 5.- La señora Justina Batista Trinidad, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Nurys Nayib Batista Trinidad.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional,
Capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de septiembre del año dos mil, años 157 de la Independencia y 138 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
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