miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 754-00

QUE DEROGA EL DECRETO NO. 284-00, DE FECHA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2000.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
11 sept de 2000fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 10058Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 754-00 que deroga el Decreto No. 284-00, de fecha 29 de junio del año 2000. HIPOLITO MEJIA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 754-00 CONSIDERANDO: Que las modificaciones introducidas por el Decreto No.284-00 de fecha 29 de junio del año 2000 han creado serias distorsiones en el proceso de determinación de la renta neta imponible sobre la cual se ha de aplicar el Impuesto sobre la Renta. CONSIDERANDO: Que igualmente, en el caso de Impuestos sobre la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), el indicado Decreto 284-00 propicia la presentación de precios distintos para un mismo bien al momento de ser importado, según cual sea el órgano de la administración tributaria por ante el cual se quiere hacer valer los mismos, todo cual resta transparencia al sistema tributario dominicano, al tiempo que facilita el establecimiento de mecanismos de elusión de los tributos internos y los externos. CONSIDERANDO: Que tanto la Dirección General de Impuestos Internos y la Dirección General de Aduanas constituyen en su conjunto la administración tributaria, según se desprende de lo dispuesto en el párrafo del Artículo 30 del Código Tributario, por lo que las bases para la determinación de los tributos arancelarios e internos deben continuar debidamente coordinadas a los fines de garantizar el adecuado funcionamiento del sistema tributario. VISTA la Ley 11-92 que establece el Código Tributario de la República Dominicana. VISTO el Decreto 139-98 del 13 de abril de 1998, que establece el Reglamento para la Aplicación del Título II del Código Tributario de la República Dominicana. VISTO el Decreto 284-00 de fecha 29 de junio del año 2000. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente: DECRETO: ARTICULO UNICO.- Se deroga el Decreto No.284-00 de fecha 29 de junio del año 2000. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Capital de la República Dominicana, Distrito Nacional, a los once (11) días del mes de septiembre del año dos mil (2000), año 157 de la Independencia y 138 de la Restauración. HIPOLITO MEJIA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona