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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 211-01

que designa a la Secretaría de Estado de Industria y Comercio para que presida la Delegación del Gobierno Dominicano encargada de negociar los asuntos pendientes del Tratado de Libre Comercio con Centroamérica

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 feb de 2001fecha
Designacióntipo
G. O. 10072Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 211-01 que designa a la Secretaría de Estado de Industria y Comercio para que presida la Delegación del Gobierno Dominicano encargada de negociar los asuntos pendientes del Tratado de Libre Comercio con Centroamérica. HIPOLITO MEJIA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 211-01 CONSIDERANDO: Que la República Dominicana mantiene asuntos pendientes que concluyan las negociaciones contempladas en el Tratado de Libre Comercio con Centroamérica, suscrito en fecha 16 de abril de 1998. CONSIDERANDO: Que la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado de Industria y Comercio No.290-66, en su Artículo 2, Inciso C, faculta a dicha Secretaría en los temas relacionados con comercio exterior. CONSIDERANDO: Que el Decreto No.123-01, crea el Consejo Nacional de Comercio Exterior (CONACEX), el cual le atribuye a la Secretaría de Estado de Industria y Comercio, la presidencia de dicho Consejo. CONSIDERANDO: El compromiso del Gobierno Dominicano con los demás países de Centroamérica de culminar las negociaciones del Tratado de Libre Comercio con Centroamérica y su ratificación. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO UNICO.- Se designa a la Secretaría de Estado de Industria y Comercio para que presida y conforme con las demás instituciones del Estado, la Delegación del Gobierno Dominicano encargada de negociar los asuntos pendientes del Tratado de Libre Comercio con Centroamérica, otorgándose a dicha Secretaría los poderes expresos y suficientes para concluir dichas negociaciones. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de febrero del año dos mil uno; años 157 de la Independencia y 138 de la Restauración. HIPOLITO MEJIA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona