Texto de la norma
Dec. No. 1236-00 que incorpora varias instituciones a la Comision Nacional de
Prevencion y Lucha contra la Violencia Intrafamiliar.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 1236-00
CONSIDERANDO: Que la mision principal de la Comision Nacional de
Prevencion y Lucha contra la Violencia Intrafamiliar es diseiiar y coordinar las acciones de
prevencion de la violencia intrafamiliar, la asistencia y rehabilitacion de las/los
sobrevivientes y la supervision de la aplicacion de las leyes que regulan cada cas0 hasta la
conclusion de 10s procesos correspondientes.
CONSIDERANDO: La labor que desempeiian las ONG’s en lo que
respecta a la lucha contra la violencia intrafamiliar y 10s derechos humanos.
CONSIDERANDO: El hecho de que la Comision Nacional de Prevencion y
Lucha contra la Violencia Intrafamiliar necesita de un presupuesto adecuado para su
funcionamiento.
VISTAS las Leyes Nos.49-00 del 7 agosto del 2000, 41-00 del 5 de julio del
2000, 97 del 20 de diciembre de 1974 y el Decreto No.426-78 del 23 de noviembre de
1978, de creacion de las Secretarias de Estado de la Juventud, Deportes, Cultura y del
Consejo Nacional para la Niiiez.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se incorporan como miembras de la Comision Nacional de
Prevencion y Lucha contra la Violencia Intrafamiliar, las siguientes instituciones:
Secretaria de Estado de la Juventud, Secretaria de Estado de Deportes, Secretaria de Estado
de Cultura, Consejo Nacional para la Niiiez, una ONG no miembra de la Coordinadora de
ONG’s para el Area de la Mujer y una ONG para el Area de la Niiiez.
ARTICULO 2.- La Comision Nacional de Prevencion y Lucha contra la
Violencia Intrafamiliar contara con un (a) Coordinador (a), el o la cual participara en las
reuniones de la comision con voz, per0 sin voto y dependera de la Secretaria de Estado de
la Mujer.
ARTICULO 3.- Los recursos necesarios para el funcionamiento de la
Comision Nacional de Prevencion y Lucha contra la Violencia Intrafamiliar seran
consignados en la Ley de Gastos Publicos de cada aiio.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana a 10s veintidos (22) dias del mes de noviembre del aiio
dos mil, aiios 157 de la Independencia y 138 de la Restauracion
HIPOLITO MEJIA
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