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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1221-00

que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el grado de Caballero, a varios ex–peloteros dominicanos

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 nov de 2000fecha
Condecoracióntipo
G. O. 10065Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 1221-00 que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el grado de Caballero, a varios ex–peloteros dominicanos. HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 1221-00 CONSIDERANDO: El desarrollo logrado por el béisbol profesional en medio siglo de existencia ininterrumpida, gracias a la dedicación de peloteros nativos que se han ganado el respeto y la admiración de sus conciudadanos por el talento y la seriedad exhibidos en los escenarios deportivos. CONSIDERANDO: Que al cumplirse las primeras cinco décadas del béisbol profesional dominicano, es procedente reconocer los meritos de quienes han dado lo mejor de sus vidas y de sus talentos para poner en alto el nombre de la República Dominicana, ofreciendo al mismo tiempo a nuestra juventud saludables ejemplos para alejarla de los vicios que afectan a la sociedad universal de hoy. CONSIDERANDO: Los altos merecimientos de los ex-peloteros profesionales citados. VISTA la Ley No.1113, de fecha 26 de mayo del 1936. OIDO el parecer del Consejo de la Orden del Mérito a Duarte, Sánchez y Mella. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitución de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T O: ARTICULO UNICO.- Se otorga la condecoración de la Orden del Merito de Duarte, Sánchez y Mella en el grado de Caballero, a los ex-peloteros profesionales dominicanos: Manuel Mota, Manolete Cáceres, Ricardo Carty, Miguel Dilóné, Osvaldo Virgil, Mario Soto, Alfredo Griffin, Julián Javier, Dámaso García, Mateo Rojas Alou, José Rijo, George Bell, Gallego Muñoz, Alcibíades Colón y Julio Martínez. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de noviembre del año dos mil, años 157 de la Independencia y 138 de la Restauración. HIPOLITO MEJIA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona