Texto de la norma
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 435-02
CONSIDERANDO: La importancia que tiene para el pais implementar una
politica de endeudamiento que impulse el desarrollo economico y social, que asegure la
estabilidad rnacroeconomica y el optimo aprovechamiento de las diferentes fuentes de
financiamiento.
CONSIDERANDO: Que se hace necesario analizar ponderadamente 10s
proyectos actualmente en cartera que tiene el Gobierno a fin de que antes de su envio a1
Congreso Nacional, respondan a un plan de financiamiento externo donde se garanticen las
mejores condiciones para el pais, en terminos de flexibilidad en el us0 de 10s recursos,
plazos y periodos de gracia, tasa de interes, seguridad en la fuente de financiamiento,
sectores a 10s que esta dirigido y otros requerimientos contractuales.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Todos 10s proyectos con financiamiento externo
actualmente en cartera, que esten depositados en el Congreso Nacional o que Sean
presentados a partir de la fecha, deberan ser previamente revisados por 10s miembros de la
Unidad de Mediano Plazo de Financiamiento Externo creada mediante el Decreto No. 424-
01, de fecha 9 de mayo del 2001 y transferida a la Secretaria de Estado de Finanzas
mediante el Decreto No. 215-02, de fecha 26 de marzo del 2002.
ARTICULO 2.- Esta Comision le rendira un informe sobre cada proyecto
de prestamo a1 Presidente de la Republica con sus recomendaciones sobre la viabilidad
tecnica y financiera del mismo y la conveniencia de continuar o no con su gestion.
ARTICULO 3.- Para la revision de 10s proyectos depositados en el
Congreso Nacional la Comision hara la coordinacion necesaria con 10s Presidentes de
ambas C h a r a s o 10s Presidentes de las Comisiones que estudian dichos proyectos.
ARTICULO 4.- La Comision estara conformada en lo adelante por el
Secretario Tecnico de la Presidencia, quien la presidira, el Secretario de Estado de
Finanzas, el Gobernador del Banco Central y 10s seiiores Carlos Despradel y Frank Marino
Hernandez.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s dieciocho (18) dias del mes de junio del aiio dos
mil dos (2002); aiios 159 de la Independencia y 139 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.