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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 562-00

que crea varias Direcciones dependientes de la Subsecretaría de Estado de Recursos Costeros y Marinos, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 ago de 2000fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 10057Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
2personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Ramona Rosa NolascoDesignaciónDirectora de Recursos Pesqueros
Felicita HerediaDesignaciónDirectora de Conservación de Recursos Costeros y Marinos

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Ramona Rosa Nolasco · Directora de Recursos Pesqueros

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 22 sept de 2000. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

  • Felicita Heredia · Directora de Conservación de Recursos Costeros y Marinos

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 22 sept de 2000. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 562-00 que crea varias Direcciones dependientes de la Subsecretaría de Estado de Recursos Costeros y Marinos, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales. HIPOLITO MEJIA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 562-00 CONSIDERANDO: Que es de deber del Estado Dominicano asegurar la protección de los espacios que comprenden los bienes de dominio publico marítimo, terrestre o costas para que todo ciudadano tenga derecho a su pleno disfrute, así como también debe garantizar que los recursos acuáticos, geológicos y biológicos, incluyendo flora y fauna, no sean objeto de destrucción, degradación, menoscabo, perturbación, contaminación, modificación inadecuada o drenaje. CONSIDERANDO: Que es de vital importancia la protección, conservación y uso sostenible de los variados ecosistemas que componen la zona costero marina y de aguas interiores, así como de las especies de flora y fauna nativas, endémicas y migratorias que son parte fundamental de dicha zona. VISTA la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales No.64- 00 del 18 de agosto del año dos mil, en su Artículo 17, que crea la Secretaria de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO 1.- Se crean las siguientes Direcciones, dependientes de la Subsecretaria de Estado de Recursos Costeros y Marinos, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales: a) Dirección de Recursos Pesqueros; y b) Dirección de Conservación de Recursos Costeros y Marinos. ARTICULO 2.- La Dirección de Recursos Pesqueros tiene por objeto: a) La regulación de la actividad pesquera de subsistencia, comercial e industrial; b) Determinar los métodos y practicas de pesca, las introducciones, trasplante, cultivo y cría de especies acuáticas; c) Regular las fechas y los lugares así como las especies que pueden capturarse, su tamaño, sexo, y el número de ejemplares que será permitido; d) Aplicar las vedas establecidas hasta la fecha para especies pesqueras correspondientes. ARTICULO 3.- La Dirección de Recursos Pesqueros estará dirigida por un director. ARTICULO 4.- La Licda. RAMONA ROSA NOLASCO, queda designada Directora de Recursos Pesqueros. ARTICULO 5.- La Dirección de Conservación de Recursos Costeros y Marinos tiene por objeto: a) Analizar los estudios de impacto ambiental para el otorgamiento de permisos y concesiones a particulares para el usufructo y explotación del espacio costero-marino y sus recursos, en el marco de la conservación y protección de los mismos. b) Analizar y recomendar el otorgamiento de permisos para la construcción de obras de defensa para los propietarios de terrenos amenazados por la invasión del mar o de las arenas de las playas, por causas naturales o artificiales. c) Velar para que las sustancias residuales originadas por la actividad económica y social, reciban el tratamiento adecuado antes de ser vertidas en las aguas jurisdiccionales o en la zona económica exclusiva de aguas suprayacentes inmediatas a las costas fuera del mar territorial en la extensión que fija la ley. ARTICULO 6.- La Dirección de Conservación estará dirigido por un director. ARTICULO 7.- La Licda. FELICITA HEREDIA, queda designada Directora de Conservación de Recursos Costeros y Marinos. ARTICULO 8.- El presente decreto deroga y sustituye cualquier disposición o decreto que le sea contrario. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de agosto del año dos mil, años 157 de la Independencia y 138 de la Restauración. HIPOLITO MEJIA Dec. No. 563-00 dispone que las atribuciones, bienes y mobiliarios del Plan Nacional Quisqueya Verde, pasen a formar parte de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y deroga el Decreto No. 138-97.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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