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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 525-00

que deroga el Decreto No.78-94, el cual disponia que todas las emisoras de radio del pais tocaran el Himno Nacional a las 12:OO meridiano

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 ago de 2000fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 10057Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 525-00 que deroga el Decreto No.78-94, el cual disponia que todas las emisoras de radio del pais tocaran el Himno Nacional a las 12:OO meridiano. HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 525-00 CONSIDERANDO: Que el pueblo dominicano adopto como Himno Nacional, el canto patriotic0 constituido por la musica del maestro Jose Reyes y la letra del poeta Emilio Prud’homme, como expresion de sus sentimientos patrioticos y evocacion de sus luchas gloriosas por la libertad, el cual fue declarado Himno Oficial de la Republica por virtud de la Ley No. 700, de fecha 30 de mayo de 1934. CONSIDERANDO: Que la Constitucion de la Republica, en su Articulo 97, establece que “El Himno Nacional es la composicion musical consagrada por la Ley No. 700, de fecha 30 de mayo de 1934, y es invariable, unico y eterno”. CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No. 78-94, de fecha 29 de marzo de 1994, el Poder Ejecutivo dispuso que todas las emisoras de radio del pais, a las 12:OO meridiano en punto toquen el Himno Nacional, con el proposito de exaltar el valor que tiene nuestro himno para la identificacion de todo ciudadano con nuestra patria. CONSIDERANDO: Que siendo el Himno Nacional expresion de 10s sentimientos patrioticos del pueblo dominicano y evocacion de sus luchas gloriosas por la libertad, resulta inadecuado que para exaltar su valor para la identificacion de todo ciudadano con nuestra patria, el Poder Ejecutivo haya impuesto a todas las emisoras de radio tocar dicho himno alas 12:OO meridiano en punto. VISTA la Ley No. 700, de fecha 30 de mayo de 1934. VISTA la Constitucion de la Republica, en su Articulo 97 VISTO el Decreto No. 78-94, de fecha 29 de marzo de 1994. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T 0: ARTICULO 1.- Queda derogado el Decreto No. 78-94, de fecha 29 de marzo de 1994, el cual dispone que todas las emisoras de radio del pais, a las 12:OO meridian0 en punto toquen el Himno Nacional. ARTICULO 2.- Enviese a1 Instituto Dominican0 de las Telecomunicaciones (INDOTEL), para su conocimiento y fines de lugar. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s veintiun (21) dias del mes de agosto del aiio dos mil, aiios 157 de la Independencia y 138 de la Restauracihn. HIPOLITO MEJIA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona