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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 514-00

que crea la Unidad Revisora de Contratos de la Consultoria Juridica del Poder Ejecutivo, y modifica el Reglamento No.1-98 para el Funcionamiento de dicha oficina

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 ago de 2000fecha
Reglamentotipo
G. O. 10057Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 514-00 que crea la Unidad Revisora de Contratos de la Consultoria Juridica del Poder Ejecutivo, y modifica el Reglamento No.1-98 para el Funcionamiento de dicha oficina HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 514-00 CONSIDERANDO: Que resulta conveniente a1 interes nacional establecer un criterio uniforme en relacion con las obligaciones contractuales que pudieren ser asumidas por el Estado Dominicano. CONSIDERANDO: Que en ocasiones se han suscrito contratos que a la postre han resultado perjudiciales a1 interes nacional. CONSIDERANDO: Que para hacer mas eficiente esta tarea, se hace necesario modificar el Reglamento para el Funcionamiento de la Consultoria Juridica del Poder Ejecutivo, No.1-98, de fecha 2 de enero de 1998, con el objetivo de incorporar a esta institucion una unidad que se encargue de estudiar y analizar todos 10s contratos que el Estado Dominicano tenga interes en suscribir con personas e instituciones publicas o privadas, nacionales o extranjeras. VISTO el Reglamento para el Funcionamiento de la Consultoria Juridica del Poder Ejecutivo, No. 1-98, de fecha 2 de enero de 1998. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T 0: ARTICULO 1.- Se modifica el Articulo 8 del Reglamento para el Funcionamiento de la Consultoria Juridica del Poder Ejecutivo, No.1-98, de fecha 2 de enero de 1998, para que en lo adelante disponga como sigue: “Articulo 8.- para el mejor desempeno de todas la funciones puestas a su cargo, la Consultoria Juridica del Poder Ejecutivo contara con las siguientes dependencias: a) Subdireccion de la Gaceta Oficial; b) Departamento de Registro de Leyes; c) Departamento de Archivo y Correspondencia; d) Departamento de Computos; e) Unidad Revisora de Contratos”. ARTICULO 2.- Se agrega un Articulo 12-Bis, a1 Reglamento para el Funcionamiento de la Consultoria Juridica del Poder Ejecutivo, No. 1-98, de fecha 2 de enero de 1998, el cual dispondra como sigue: DE LAS FUNCIONES DE LA UNIDAD REVISORA DE CONTRATOS “Articulo 12-Bis.. Corresponde a la Unidad Revisora de Contratos de la Consultoria Juridica del Poder Ejecutivo, estudiar y analizar todos 10s contratos que el Estado Dominicano tenga inter& en suscribir con personas e instituciones publicas o privadas, nacionales o extranjeras. PARRAFO.. Esta Unidad Revisora estara coordinada por un doctor o licenciado en derecho, y contara con 10s empleados necesarios para el fie1 desempeno de sus funciones, todos 10s cuales seran designados a solicitud del Consultor Juridic0 del Poder Ejecutivo”. ARTICULO 3.- A partir de la emision del presente decreto, la Unidad Revisora de Contratos queda autorizada a examinar exhaustivamente todos 10s contratos celebrados por el Estado Dominicano desde el 16 de agosto del aiio mil novecientos noventa y seis (1996). La conformidad con dichos contratos sera reconocida mediante un documento de acreditacion donde se haga constar que, el Gobierno Dominicano, a traves de la Consultoria Juridica del Poder Ejecutivo no objeta el contrato y las obligaciones que de este se derivan. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominican% a 10s veintiun (21) dias del mes de agosto del aiio dos mil, aiios 157 de la Independencia y 138 de la Restauracion. HIPOLITO MEJIA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona