Texto de la norma
Dec. No. 418-00 que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones del Estado a varios profesores.
LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 418-00
VISTA la Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, de fecha 11 de diciembre de 1981;
VISTA la Ley de Educación No.66-97, de fecha 9 de abril de 1997.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado a los siguientes servidores públicos:
1.- BAHUAUD, FRANCOIS DANIEL, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$14,077.36, (catorce mil setenta y siete pesos con 36/100).
2.- RIJO DE JIMENEZ, ROSAURA, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$1,600.00, (mil seiscientos pesos con 00/100).
3.- MATEO, EMILIA, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$1,514.00, (mil quinientos catorce pesos con 00/100).
4.- MALDONADO, JUANA, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$2,002.80, (dos mil dos pesos con 80/100).
5.- MAMBRU HEREDIA, AQUILINO, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$5,610.00, (cinco mil seiscientos diez pesos con 00/100).
6.- FERRER CARELA, SERAFINA, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$1,514.00, (mil quinientos catorce pesos con 00/100).
7.- YENIS GARCIA, MAURA, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$10,552.00, (diez mil quinientos cincuenta y dos pesos con 00/100).
8.- CERDA, MARIA ROSA ESTELA, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$2,002.80, (dos mil dos pesos con 80/100).
9.- JIMENEZ DE RECIO, JULIETA, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$10,211.38, (diez mil doscientos once pesos con 38/100).
10.- MATOS MATOS, ROSA MINERVA, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$4,285.36, (cuatro mil doscientos ochenta y cinco pesos con 36/100).
11.- ROMAN, MARIA MAGDALENA, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$3,981.16, (tres mil novecientos ochenta y un pesos con 16/100).
12.- BATISTA SANCHEZ, ALBA ESTELA, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$4,589.56, (cuatro mil quinientos ochenta y nueve pesos con 56/100).
13.- ORTEGA DIAZ, PORFIRIO, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$4,050.00, (cuatro mil cincuenta pesos con 00/100).
14.- BELTRAND REYES, ELSA ALTAGRACIA, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$4,507.77, (cuatro mil quinientos siete pesos con 77/100).
15.- PERDOMO DE LOS SANTOS, PETRONILA, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$4,488.16, (cuatro mil cuatrocientos ochenta y ocho pesos con 16/100).
16.- SOLANO HENRIQUEZ, ARISTIDES, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$10,634.57, (diez mil seiscientos treinticuatro pesos con 57/100).
17.- MENDEZ GERMAN DE FRIAS, MARIA ZORAIDA, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$8,455.54, (ocho mil cuatrocientos cincuenta y cinco pesos con 54/100).
18.- CABRERA, ROBERTO, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$2,002.80, (dos mil dos pesos con 80/100).
19.- MESSON DE SILBERBERG, MARIA JORGITA, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$2,002.80, (dos mil dos pesos con 80/100)
20.- MADRIGAL EVANGELISTA, PEDRO, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$1,600.00, (mil seiscientos pesos con 00/100).
21.- ALMANZAR DE PEREZ, ANDREA AVELINA, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$1,600.00, (mil seiscientos pesos con 00/100).
22.- ROSARIO, PAULINO MATIAS, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$6,000.00, (seis mil pesos con 00/100).
23.- MOSCOSO GARCIA, REYNALDO, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$1,716.80, (mil setecientos dieciséis pesos con 80/100).
24.- CEDANO BERAS, MARIA INOSENCIA, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$10,122.50, (diez mil cientos veintidós pesos con 50/100).
25.- FERNANDEZ DE CESPEDES, LINA MERCEDES, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$10,395.90, (diez mil trescientos noventa y cinco pesos con 90/100).
26.- OVIEDO VALDEZ, LEONCIO, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$9,799.54, (nueve mil setecientos noventa y nueve pesos con 54/100).
27.- SEBALLO RAMIREZ, FERMIN BRIN, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$4,021.72, (cuatro mil veintiún pesos con 72/100).
28.- RIVAS RIVAS, ERASMO DANIEL, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$4,655.10, (cuatro mil seiscientos cincuenta y cinco pesos con 10/100).
29.- MATOS FELIZ, VICTOR NICOLAS, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$3,524.86, (tres mil quinientos veinticuatro pesos con 86/100).
30.- FERNANDEZ GARCIA, HUMBERTO SEBASTIAN, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$3,346.98, (tres mil trescientos cuarenta y seis pesos con 98/100).
31.- PEÑA, MANUEL, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión del Estado de RD$11,415.14, (once mil cuatrocientos quince pesos con 14/100).
Artículo 2.- Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Gastos Públicos.
Artículo 3.- Envíese a la Secretaría de Estado de Finanzas, para los fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de agosto del año dos mil, años 157 de la Independencia y 137 de la Restauración.
Leonel Fernández