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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 393-00

que asigna apartamentos en los Proyectos Habitacionales Zona Franca, Santiago; Villa Olímpica, en San Francisco de Macorís y Duvergé II, en Duvergé

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
11 ago de 2000fecha
Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 10054Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Estado Dominicano
Monto
RD$175,000 · en el texto: «RD$175,000.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 393-00 que asigna apartamentos en los Proyectos Habitacionales Zona Franca, Santiago; Villa Olímpica, en San Francisco de Macorís y Duvergé II, en Duvergé. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 393-00 CONSIDERANDO: Que es de orden prioritario para el Estado Dominicano, mejorar las condiciones de vida y dotar de un techo propio a las personas más necesitadas, dentro del programa de construcción de viviendas. CONSIDERANDO: Que el Estado Dominicano ha construido el Proyecto Habitacional ZONA FRANCA, Provincia de Santiago. VISTA la Ley No.1832 del 3 de noviembre de 1948. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se asigna a la señora Juana María Vargas, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], el Apartamento No.1-A, Edificio No.5, del Proyecto Habitacional Zona Franca de Santiago, valorado en la suma de RD$175,000.00 (CIENTO SETENTA Y CINCO MIL PESOS CON 00/100), para ser pagado con un inicial de RD$5,000.00 (CINCO MIL PESOS CON 00/100), y mensualidades iguales y consecutivas de RD$400.00 (CUATROCIENTOS PESOS CON 00/100). Artículo 2.- Se asigna en el Proyecto Habitacional Villa Olimpica, en la ciudad de San Francisco de Macorís a las siguientes personas: 1.- Luis Tejada, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], el Apartamento No.201, Edificio V. 2.- Eladio Hidalgo, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], el Apartamento No.202, Edificio V. Artículo 3.- Se asigna en el Proyecto Habitacional Duvergé II, en la Provincia Independencia, a las siguientes personas: 1.- Felipe Suberví, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], el Apartamento No.102, Edificio No.34. 2.- Mario Medrano, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], el Apartamento No.102, Edificio No.33. Artículo 4.- El presente decreto deroga y sustituye el Numeral 15, del Artículo 2, del Decreto No.304-96, de fecha 13 de agosto de 1996. Artículo 5.- Se otorga Poder Especial al Administrador General de Bienes Nacionales, para que a nombre y representación del Estado Dominicano, suscriba los contratos de venta de apartamentos a las personas indicadas en los Artículos 1, 2 y 3, del presente decreto. Artículo 6.- Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales, para los fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de agosto del año dos mil, años 157 de la Independencia y 137 de la Restauración. Leonel Fernández

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona