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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 391-00

que dispone la distribución de casas tipo familiar en el Proyecto Habitacional Pedro Santana, en Elías Piña

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
11 ago de 2000fecha
Otrostipo
G. O. 10054Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 391-00 que dispone la distribución de casas tipo familiar en el Proyecto Habitacional Pedro Santana, en Elías Piña. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 391-00 CONSIDERANDO: Que es de orden prioritario para el Estado Dominicano, mejorar las condiciones de vida y dotar de un techo propio a las personas más necesitadas, dentro del programa de construcción de viviendas. CONSIDERANDO: Que el Estado Dominicano ha construido el Proyecto Habitacional “Pedro Santana” en el municipio de Pedro Santana, Provincia de Elias Piña. VISTA la Ley No.1832 del 3 de noviembre de 1948. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se dispone la distribución de las casas tipo familiares del Proyecto Habitacional Pedro Santana de la Provincia de Elías Piña, valorado en la suma de RD$191,037.95 (Ciento Noventa y Un Mil Treinta y Siete Pesos con 95/100), para ser pagado con un inicial de RD$2,000.00 (Dos Mil Pesos con 00/100) y mensualidades iguales y consecutivas de RD$200.00 (Doscientos Pesos con 00/100). Nombres Cédulas 1. Paulina Jiménez Guzmán, [cédula] 2. Gumersindo Zabala [cédula] 3. Maximiliano Valenzuela R. [cédula] 4. Pedro Jiménez Medina [cédula] 5. Esteban Jiménez [cédula] 6. José Alcántara Minaya [cédula] 7. Papa Suero Contreras [cédula] 8. Victor Contreras [cédula] 9. Gregorio Martínez [cédula] 10. Feliz Mora Alcántara [cédula] 11. Miranda Jiménez [cédula] 12. Luisa Aquina Rosario [cédula] 13. Diómedes Martínez Matos [cédula] 14. Urbana Sánchez [cédula] 15. Amantina Valenzuela [cédula] 16. Esteban de Valenzuela [cédula] 17. Juan de la Rosa Santos [cédula] 18. Porfirio Contreras R. [cédula] 19. Manuel Pérez Florián [cédula] 20. Julia Alcántara [cédula] 21. Altagracia de Oleo Ogando [cédula] 22. Marina Alciniegas [cédula] 23. Carmen Lidia Casilla Valenzuela [cédula] 24. Pedro Mora Alcántara [cédula] 25. María Ignacia Beriguete Ramírez [cédula] 26. María Mérida Guerrero [cédula] 27. Ismael Villamán Marmolejos [cédula] 28. Ana Trinidad Beriguete [cédula] 29. Doctor de los Santos Suero [cédula] 30. Juliana Familia Aquino [cédula] 31. Teófila Alcántara Aquino [cédula] 32. Rufino García Mateo [cédula] 33. Sonia Altagracia Hiciano [cédula] 34. Albitaño Lebrón Ramírez [cédula] 35. Ana Berta Arnó Contreras [cédula] 36. Virginia Cabrera García [cédula] 37. Dulce María Rosario Santana [cédula] 38. Leonidas Pérez Contreras [cédula] 39. Carlos Manuel Javier Aquino [cédula] 40. Digna Alcántara [cédula] 41. Tomasina Familia Santos [cédula] 42. Santos de la Rosa Jiménez [cédula] 43. Reyna Luciano Rosario [cédula] Artículo 2.- Se exonera de pago de inicial a la señora María Dignora Quevedo, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. Artículo 3.- Se otorga Poder Especial al Administrador General de Bienes Nacionales, para que a nombre y representación del Estado Dominicano, suscriba los contratos de venta de apartamentos con las personas indicadas en el Artículo 1, del presente decreto. Artículo 4.- Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales, para los fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de agosto del año dos mil, años 157 de la Independencia y 137 de la Restauración. Leonel Fernández

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona