Texto de la norma
Dec. No. 368-00 que reconoce como Academia Naval de Estudios Superiores, con categoría de universidad, a la Escuela Naval de la Marina de Guerra.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 368-00
CONSIDERANDO: Que el Decreto No.517-96, de fecha 14 de octubre de 1996, que regula el funcionamiento de la educación superior en la República Dominicana, en su Artículo 19, Literal e), faculta al Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), para recomendar al Poder Ejecutivo la aprobación de nuevas instituciones de educación superior, que cuenten, según los criterios establecidos, con las condiciones para desarrollar su misión.
CONSIDERANDO: Que la Marina de Guerra de la República Dominicana, ha solicitado al Poder Ejecutivo, a través del Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), la aprobación para que la actual Escuela Naval de la Marina de Guerra sea reconocida con el nombre Academia Naval de Estudios Superiores.
CONSIDERANDO: Que mediante Oficio No. CONES/090/2000, de fecha 18 de julio del año 2000, el Presidente del Consejo Nacional de Educación Superior
(CONES), comunico a1 Poder Ejecutivo que el CONES en su Trigesima Sexta Sesion
Ordinaria celebrada el martes 4 del mes julio del aiio 2000, conocio el informe tecnico del
Proyecto sometido por la Marina de Guerra de la Republica Dominicana para la aprobacion
de la Academia Naval de Estudios Superiores, encontrando que el mismo cumple con las
normas establecidas por el Decreto No.517-96, por lo cual decidio recomendar a1 Poder
Ejecutivo la aprobacion de la Academia Naval de Estudios Superiores de la Marina de
Guerra de la Republica Dominicana.
VISTO el Decreto No.517-96, de fecha 14 de octubre de 1996, que regula el
funcionamiento de la educacion superior en la Republica Dominicana.
VISTO el Oficio No. CONES/090/2000, de fecha 18 de julio del aiio 2000,
suscrito por el Presidente del Consejo Nacional de Educacion Superior (CONES).
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
Articulo 1.- La actual Escuela Naval de la Marina de Guerra se reconoce
como Academia Naval de Estudios Superiores (ANES), con categoria de universidad, y
queda facultada a expedir titulos academicos en las areas seiialadas en el Articulo 2 del
presente decreto, con el mismo alcance, fuerza y validez que 10s expedidos por las
instituciones academicas oficiales o autonomas de igual categoria.
Articulo 2.- La Academia Naval de Estudios Superiores (ANES), con
domicilio y sede en la ciudad de Santo Domingo, patrocinada por la Marina de Guerra de la
Republica Dominicana, queda autorizada a impartir titulos de:
a).. Licenciado en Cuerpo de Comando;
b).. Licenciado en Cuerpo de Especialistas; y
c).. Tecnologo en Asuntos del Mar.
Articulo 3.- Enviese a1 Consejo Nacional de Educacion Superior (CONES),
para su conocimiento y fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s ocho (8) dias del mes de agosto del aiio dos mil, aiios 157 de
la Independencia y 137 de la Restauracion.
Leone1 Fernandez
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.