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Decreto

Decreto 367-00

que dispone la distribucion de viviendas duplex en el Proyecto Habitacional Nuevo Castillo, en San Francisco de Macoris

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 ago de 2000fecha
Otrostipo
G. O. 10054Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 367-00 que dispone la distribucion de viviendas duplex en el Proyecto Habitacional Nuevo Castillo, en San Francisco de Macoris. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 367-00 CONSIDERANDO: Que es de orden prioritario para el Estado Dominicano, mejorar las condiciones de vida y dotar de un techo propio a las personas mas necesitadas, dentro del programa de construccihn de viviendas. CONSIDERANDO: Que el Estado Dominicano ha construido el Proyecto Habitacional Nuevo Castillo, Provincia de San Francisco de Macoris. VISTA la ley No. 1832 del 3 de noviembre de 1948 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T 0: Articulo 1.- Se dispone la distribucihn de las viviendas duplex del Proyecto Habitacional Nuevo Castillo, San Francisco de Macoris, valorados en la suma de RD365,612.26 (TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS DOCE PESOS CON 66/100), para ser pagados con un inicial de RD$4,000.00 y mensualidades consecutivas de RD$300.00, alas personas que se detallan a continuacihn: Nombres Ckdula Casa Bloque Bloque Este, Hilera I1 3-A [cédula] 1.- Aida Beltran Garcia Bloque Oeste, Hilera I1 5-B [cédula] 2.- Albert0 Javier Grullhn R. Bloque Este, Hilera I1 1-B [cédula] 3.- Antonio Reyes Nolasco Bloque Este, Hilera I 7-A [cédula]-8 4.- Juana Sanchez Bloque Este, Hilera I1 7-A [cédula] 5.- Antonio Hernandez de Jesus Bloque Este, Hilera I 2-A [cédula] 6.- Barbara Rosa V. Bloque Oeste, Hilera I1 4-A [cédula] 7.- Carlos Roman Bloque Este, Hilera I 3-B [cédula] 8.- Cesireo Taveras Paula Bloque Este, Hilera I 6-B [cédula] 9.- Claribel Altagracia Reynoso Bloque Oeste, Hilera I1 4-B [cédula] 10.- Cleto Marcelino Sebastian [cédula] 3-B Bloque Oeste, Hilera I1 11.- Confesor Fernandez Bloque Oeste, Hilera I [cédula] 3-A 12.- Danilo Antonio Espinal Bloque Oeste, Hilera I [cédula] 2-A 13.- Fabian S. Liranzo Bloque Este, Hilera I1 [cédula] 2-A 14.- Felipe del Orbe 6-A Bloque Oeste, Hilera I1 15.- Felix Antonio Nuiiez [cédula] 1-A Bloque Este, Hilera I1 [cédula] 16.- Felix Peralta Valdez Bloque Este, Hilera I1 17.- Francisca Inosencia Laureano [cédula] 4-B 18.- Francisco Ant. Moronta [cédula] 4-B Bloque Este, Hilera I 19.- Francisco Antonio Hernández [cédula] 6-A Bloque Este, Hilera I 20.- Francisco José Candelier [cédula]-9 4-A Bloque Este, Hilera II 21.- Gilberto Acosta [cédula] 5-A Bloque Este, Hilera II 22.- Héctor Suarez [cédula] 4-B Bloque Oeste, Hilera I 23.- Jackelin Geovanny Tejeda M. [cédula] 5-B Bloque Oeste, Hilera I 24.- Jacobo Hernández de Jesús [cédula] 1-B Bloque Oeste, Hilera I 25.- Javier Fco. Severino [cédula] 1-A Bloque Este, Hilera I 26.- Jesús Daniel Hernández [cédula] 6-B Bloque Oeste, Hilera I 27.- Jesús María Tejada [cédula] 7-B Bloque Este, Hilera I 28.- Joel Aquino Ledesma [cédula] 6-A Bloque Oeste, Hilera I 29.- José Alvarado José [cédula] 2-A Bloque Oeste, Hilera II 30.- José Antonio Durán [cédula] 5-A Bloque Oeste, Hilera II 31.- José Dolores Villar del Orbe [cédula] 5-A Bloque Este, Hilera I 32.- José Natividad Paula [cédula]-9 3-B Bloque Este, Hilera II 33.- José Ramón Gutiérrez [cédula] 6-B Bloque Oeste, Hilera II 34.- José Ramón Morales [cédula] 1-A Bloque Oeste, Hilera I 35.- José Vidal Camilo M. [cédula] 2-B Bloque Oeste, Hilera II 36.- Juan de Jesús López [cédula] 4-A Bloque Este, Hilera I 37.- Juana Fca. Rodríguez P. [cédula] 5-A Bloque Oeste, Hilera I 38.- Marcelina Castillo Núñez [cédula] 1-A Bloque Oeste, Hilera II 39.- María Altagracia Enríquez M. [cédula] 3-A Bloque Este, Hilera I 40.- María E. Sosa Morel [cédula] 1-B Bloque Oeste, Hilera II 41.- Mariano Antigua [cédula] 4-A Bloque Oeste, Hilera I 42.- Máximo Díaz [cédula] 3-B Bloque Oeste, Hilera I 43.- Milagros Altagracia García Lora [cédula] 6-B Bloque Este, Hilera II 44.- Nazario Jiménez Genao [cédula] 5-B Bloque Este, Hilera I 45.- Nolberto Burgos S. [cédula] 2-B Bloque Oeste, Hilera I 46.- Oscar Martinez Acosta [cédula] 1-B Bloque Este, Hilera I 47 Pascual Paredes [cédula] 3-A Bloque Oeste, Hilera II 48.- Pedro González [cédula] 6-A Bloque Este, Hilera II 49.- Roque de Jesús Baret García [cédula]-B Bloque Este, Hilera II 50.- Socorro Frías [cédula] 2-B Bloque Este, Hilera I Artículo 2.- Se dispone la distribución de los apartamentos del Proyecto Habitacional Nuevo Castillo, de San Francisco de Macorís, valorados en la suma de RD$ 457,831.00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UN PESOS CON 00/100) para pagar un inicial de RD$ 6,000.00 (SEIS MIL PESOS CON 00/100 ) y mensualidades consecutivas de RD$450.00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA PESOS CON 00/100 ), a las personas que se detallan a continuación. Nombres Cédula Apto. Edificio 1 Alejandro Mejía Frías [cédula] 202 B 2 Damián Ramos Moronta [cédula] 202 C 3 Esteban Lora [cédula] 201 D 4 Florentino Bautista García [cédula] 202 A 5 Hector J. Antonio Reynoso Durán [cédula] 201 C 6 Hilario Radhames Cepeda [cédula] 102 B 7 Jorge Arcangel Castillo [cédula] 101 B 8 José Calazán Morel [cédula] 102 A 9 Juan Alberto Duarte Gómez [cédula] 101 D 10 Leocadia Altagracia Moya [cédula] 102 C 11 Rafael Matías Rodríguez [cédula] 201 A 12 Rafael Rodríguez Rodríguez [cédula] 102 D 13 Ramón Ant. del Orbe [cédula] 201 B 14 Ramón Antonio Hernández [cédula] 101 C 15 Silvio Fco. Hiciano [cédula] 101 A Artículo 3.- Se otorga Poder Especial al Administrador General de Bienes Nacionales, para que a nombre y representación del Estado Dominicano, suscriba los contratos de venta con las personas indicadas en los Artículos 1 y 2 del presente decreto. Artículo 4.- Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales, para los fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de agosto del año dos mil, años 157 de la Independencia y 137 de la Restauración. Leonel Fernández

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona