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Decreto

Decreto 319-00

que crea el Programa de Conservacion y Manejo Sostenible de la Cuenca del KO Nizaito y crea e integra la Unidad Coordinadora de dicho programa

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 jul de 2000fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 10053Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 319-00 que crea el Programa de Conservacion y Manejo Sostenible de la Cuenca del KO Nizaito y crea e integra la Unidad Coordinadora de dicho programa. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dorninicana NUMERO: 319-00 CONSIDERANDO: Que la Republica de China ha ofrecido su cooperacion para la ejecucion de un Programa de Conservacion y Manejo Sostenible de la Cuenca del Rio Nizaito, en la Provincia Barahona, dentro del Plan Nacional Quisqueya Verde. CONSIDERANDO: Que en esta cuenca la explotacion de la tierra de manera no sostenible ha conllevado la destruccion de 10s bosques, provocando la degradacion y la erosion de 10s suelos, asi como la disminucion de 10s caudales del Rio Nizaito y sus afluentes, poniendo en riesgo las grandes inversiones en infraestructuras y provocando el incremento de 10s niveles de pobreza y la migracihn de sus habitantes hacia 10s centros urbanos CONSIDERANDO: Que el Programa financiara inversiones para la reforestacihn, manejo de bosques, conservacihn de suelos, infraestructuras comunitarias, asistencia tecnica, capacitacihn y organizacihn comunitaria. CONSIDERANDO: Que en el sector de conservacihn de recursos naturales y medio ambiente confluyen varias instituciones estatales y otras no gubernamentales, desarrollando acciones de naturaleza similar a 10s objetivos del presente Programa. CONSIDERANDO: Que es interes del Gobierno Central fortalecer las relaciones entre el Estado y la Sociedad Civil para lograr la conservacihn de 10s recursos naturales y la proteccihn ambiental, dentro de una estrategia de participacihn y toma de decisiones locales para enfrentar la pobreza. CONSIDERANDO: Que el manejo adecuado y la conservacihn de 10s recursos naturales son factores que inciden en el mejoramiento de las condiciones de vida de la poblacihn local. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T 0: Articulo 1.- Se crea el “Programa de Conservacihn y nejo Sostenible de la Cuenca del Rio Nizaito”, el cual tendra como objetivo mejorar las condiciones de vida de 10s habitantes de la cuenca del Rio Nizaito y el medio ambiente, a traves del foment0 y manejo sostenible de 10s recursos naturales, incluyendo las siguientes acciones: a) Reforestacihn y manejo integral de la cuenca y subcuencas (establecimiento y manejo de plantaciones forestales y agroforestales, y conservacihn de suelos); b) Asistencia tecnica, capacitacihn y organizacihn comunitaria (capacitacihn del personal, tecnicos, beneficiarios, organizaciones y lideres comunitarios); Mejoramiento de la infraestructura rural (construccihn y mejoramiento de caminos, escuelas, acueductos, centros de salud); c) d) Estudios, evaluaciones y monitoreos; e) Administracihn. Articulo 2.- Se crea la Unidad Coordinadora del Proyecto de Conservacihn y Manejo Sostenible de la Cuenca del Rio Nizaito, adscrita a1 Plan Nacional Quisqueya Verde, con autonomia tecnica, administrativa y financiera. Articulo 3.- Los recursos necesarios para que la Unidad Coordinadora pueda desarrollar el Proyecto de Conservacihn y Manejo Sostenible de la Cuenca del Rio Nizaito, estaran constituidos por 10s aportes del Gobierno, a traves del Plan Nacional Quisqueya Verde, 10s provenientes de organizaciones no gubernamentales, las instituciones gubernamentales y 10s fondos donados por el Gobierno y el pueblo de la Republica de China. Articulo 4.- La Unidad Coordinadora del Programa de Conservacihn y Manejo Sostenible de la Cuenca del Rio Nizaito, provincia Barahona, estara dirigida por un Consejo Directivo integrado por 10s siguientes miembros: El Obispo de la Dihcesis de la Provincia Barahona, quien lo presidira; Un (1) representante de la directiva de FUNDEPROCUNIPA; Un (1) representante del Consejo de Directores de FUNDASUR; Un (1) representante de la Secretaria de Estado de Agricultura o de la Subsecretaria de Recursos Naturales; Un (1) representante del Instituto Nacional de Recursos Forestales (INAREF); Un (1) representante del Instituto Nacional de Recursos Hidraulicos (INDRHI); y Los seiiores: Miguel Melo, Benjamin Toral y Dania Montes D’Oca. Articulo 5.- Los miembros representantes de las instituciones publicas en el Consejo Directivo seran elegidos y designados por sus titulares y deberan ser acreditados ante el Presidente del Consejo Directivo. Los miembros representantes en el Consejo Directivo de las organizaciones de la sociedad civil (FUNDASUR y FUNDEPROCUNIPA), seran elegidos por dichas instituciones de entre sus miembros, cada dos (2) aiios. Articulo 6.- Los miembros del Consejo Directivo elegiran a1 Coordinador del Programa quien sera ratificado por el Consejo Directivo del Plan Nacional Quisqueya Verde. PARRAFO.. El Coordinador del Programa asistira a las sesiones del Consejo Directivo de la UCP en calidad de Secretario, con voz per0 sin voto en las deliberaciones del mismo, y sera el responsable de la ejecucihn de las decisiones adoptadas por el Consejo Directivo. Articulo 7.- Seran funciones del Consejo Directivo: Elegir el Coordinador del Programa; Supervisar el trabajo del Coordinador del Programa; Aprobar 10s planes de trabajo y de inversion con apego a las normas y procedimiento establecidos; Monitorear el progreso del programa para asegurar el cumplimiento de 10s objetivos de una manera transparente y responsable; Solicitar a las instancias fiscalizadoras del programa, cuando lo consideren oportuno, auditorias externas; Sintetizar y difundir las lecciones aprendidas Articulo 8- Seran funciones del Presidente del Consejo Directivo: Recibir la acreditacion de 10s representantes de instituciones gubernamentales y organizaciones no gubernamentales en el Consejo Directivo; Convocar las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Directivo; Sostener sesiones ordinarias de trabajo con el Coordinador del Programa para analizar el avance del mismo; Procurar una oportuna entrega de informes de la UCP a1 Consejo; Revisar 10s informes de Auditoria del Programa. Articulo 9.- La Mision de Cooperacion Tecnica del Gobierno de la Republica de China en el pais y el Director del Plan Nacional Quisqueya Verde, formaran un comite tecnico asesor y tendran derecho a participar en las reuniones del Consejo Directivo, cuando lo consideren de lugar. Articulo 10.- La adrninistracion del Programa de Conservacion y Manejo Sostenible de la Cuenca del Rio Nizaito estara a cargo del Coordinador del Prograrna, quien se regira por un reglamento elaborado para tal fin, aprobado por el Consejo Directivo de la Unidad Coordinadora del Programa, y su sede estara en la ciudad de Barahona. Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s diecisiete (17) dias del mes de julio del aiio dos mil, aiios 157 de la Independencia y 137 de la Restauracion. Leone1 Fernandez

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona