Texto de la norma
Dec. No. 319-00 que crea el Programa de Conservacion y Manejo Sostenible de la
Cuenca del KO Nizaito y crea e integra la Unidad Coordinadora de dicho programa.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 319-00
CONSIDERANDO: Que la Republica de China ha ofrecido su cooperacion
para la ejecucion de un Programa de Conservacion y Manejo Sostenible de la Cuenca del Rio
Nizaito, en la Provincia Barahona, dentro del Plan Nacional Quisqueya Verde.
CONSIDERANDO: Que en esta cuenca la explotacion de la tierra de manera
no sostenible ha conllevado la destruccion de 10s bosques, provocando la degradacion y la
erosion de 10s suelos, asi como la disminucion de 10s caudales del Rio Nizaito y sus afluentes,
poniendo en riesgo las grandes inversiones en infraestructuras y provocando el incremento de
10s niveles de pobreza y la migracihn de sus habitantes hacia 10s centros urbanos
CONSIDERANDO: Que el Programa financiara inversiones para la
reforestacihn, manejo de bosques, conservacihn de suelos, infraestructuras comunitarias,
asistencia tecnica, capacitacihn y organizacihn comunitaria.
CONSIDERANDO: Que en el sector de conservacihn de recursos naturales y
medio ambiente confluyen varias instituciones estatales y otras no gubernamentales,
desarrollando acciones de naturaleza similar a 10s objetivos del presente Programa.
CONSIDERANDO: Que es interes del Gobierno Central fortalecer las
relaciones entre el Estado y la Sociedad Civil para lograr la conservacihn de 10s recursos
naturales y la proteccihn ambiental, dentro de una estrategia de participacihn y toma de
decisiones locales para enfrentar la pobreza.
CONSIDERANDO: Que el manejo adecuado y la conservacihn de 10s recursos
naturales son factores que inciden en el mejoramiento de las condiciones de vida de la
poblacihn local.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
Articulo 1.- Se crea el “Programa de Conservacihn y
nejo Sostenible de la
Cuenca del Rio Nizaito”, el cual tendra como objetivo mejorar las condiciones de vida de 10s
habitantes de la cuenca del Rio Nizaito y el medio ambiente, a traves del foment0 y manejo
sostenible de 10s recursos naturales, incluyendo las siguientes acciones:
a)
Reforestacihn y manejo integral de la cuenca y subcuencas
(establecimiento y manejo de plantaciones forestales y agroforestales, y
conservacihn de suelos);
b)
Asistencia
tecnica,
capacitacihn
y
organizacihn
comunitaria
(capacitacihn del personal, tecnicos, beneficiarios, organizaciones y
lideres comunitarios);
Mejoramiento de la infraestructura rural (construccihn y mejoramiento
de caminos, escuelas, acueductos, centros de salud);
c)
d)
Estudios, evaluaciones y monitoreos;
e)
Administracihn.
Articulo 2.- Se crea la Unidad Coordinadora del Proyecto de Conservacihn y
Manejo Sostenible de la Cuenca del Rio Nizaito, adscrita a1 Plan Nacional Quisqueya Verde,
con autonomia tecnica, administrativa y financiera.
Articulo 3.- Los recursos necesarios para que la Unidad Coordinadora pueda
desarrollar el Proyecto de Conservacihn y Manejo Sostenible de la Cuenca del Rio Nizaito,
estaran constituidos por 10s aportes del Gobierno, a traves del Plan Nacional Quisqueya Verde,
10s provenientes de organizaciones no gubernamentales, las instituciones gubernamentales y
10s fondos donados por el Gobierno y el pueblo de la Republica de China.
Articulo 4.- La Unidad Coordinadora del Programa de Conservacihn y Manejo
Sostenible de la Cuenca del Rio Nizaito, provincia Barahona, estara dirigida por un Consejo
Directivo integrado por 10s siguientes miembros:
El Obispo de la Dihcesis de la Provincia Barahona, quien lo presidira;
Un (1) representante de la directiva de FUNDEPROCUNIPA;
Un (1) representante del Consejo de Directores de FUNDASUR;
Un (1) representante de la Secretaria de Estado de Agricultura o de la
Subsecretaria de Recursos Naturales;
Un (1) representante del Instituto Nacional de Recursos Forestales
(INAREF);
Un (1) representante del Instituto Nacional de Recursos Hidraulicos
(INDRHI); y
Los seiiores: Miguel Melo, Benjamin Toral y Dania Montes D’Oca.
Articulo 5.- Los miembros representantes de las instituciones publicas en el
Consejo Directivo seran elegidos y designados por sus titulares y deberan ser acreditados ante
el Presidente del Consejo Directivo. Los miembros representantes en el Consejo Directivo de
las organizaciones de la sociedad civil (FUNDASUR y FUNDEPROCUNIPA), seran elegidos
por dichas instituciones de entre sus miembros, cada dos (2) aiios.
Articulo 6.- Los miembros del Consejo Directivo elegiran a1 Coordinador del
Programa quien sera ratificado por el Consejo Directivo del Plan Nacional Quisqueya Verde.
PARRAFO.. El Coordinador del Programa asistira a las sesiones del Consejo
Directivo de la UCP en calidad de Secretario, con voz per0 sin voto en las deliberaciones del
mismo, y sera el responsable de la ejecucihn de las decisiones adoptadas por el Consejo
Directivo.
Articulo 7.- Seran funciones del Consejo Directivo:
Elegir el Coordinador del Programa;
Supervisar el trabajo del Coordinador del Programa;
Aprobar 10s planes de trabajo y de inversion con apego a las normas y
procedimiento establecidos;
Monitorear el progreso del programa para asegurar el cumplimiento de
10s objetivos de una manera transparente y responsable;
Solicitar a las instancias fiscalizadoras del programa, cuando lo
consideren oportuno, auditorias externas;
Sintetizar y difundir las lecciones aprendidas
Articulo 8- Seran funciones del Presidente del Consejo Directivo:
Recibir
la acreditacion de 10s representantes
de instituciones
gubernamentales y organizaciones no gubernamentales en el Consejo
Directivo;
Convocar las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Directivo;
Sostener sesiones ordinarias de trabajo con el Coordinador del Programa
para analizar el avance del mismo;
Procurar una oportuna entrega de informes de la UCP a1 Consejo;
Revisar 10s informes de Auditoria del Programa.
Articulo 9.- La Mision de Cooperacion Tecnica del Gobierno de la Republica
de China en el pais y el Director del Plan Nacional Quisqueya Verde, formaran un comite
tecnico asesor y tendran derecho a participar en las reuniones del Consejo Directivo, cuando lo
consideren de lugar.
Articulo 10.- La adrninistracion del Programa de Conservacion y Manejo
Sostenible de la Cuenca del Rio Nizaito estara a cargo del Coordinador del Prograrna, quien se
regira por un reglamento elaborado para tal fin, aprobado por el Consejo Directivo de la
Unidad Coordinadora del Programa, y su sede estara en la ciudad de Barahona.
Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s diecisiete (17) dias del mes de julio del aiio dos mil, aiios 157
de la Independencia y 137 de la Restauracion.
Leone1 Fernandez
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