Texto de la norma
Dec. No. 299-00 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 299-00
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambios de nombres establece la Ley No.659, del 17 de julio de 1944, sobre Actos del Estado Civil, y sus modificaciones;
CONSIDERANDO: Que la Procuraduría General de la República, y
tampoco la Junta Central Electoral han informado haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados;
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley;
VISTOS los Artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No.659, del 17 de julio de 1944, sobre Actos del Estado Civil.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- El señor Ramón Elpidio Abreu Correa, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Raymond Abreu Correa.
Artículo 2.- El señor Tomas Montero Rodríguez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Vinicio Montero Rodríguez.
Artículo 3.- La señora Ana Cabrera, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Angela Cabrera.
Artículo 4.- El señor Mario Comprés Gatón, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Mario Antonio Comprés Gatón.
Artículo 5.- La señora Lucita Ramírez Montes de Oca , queda autorizada a cambiar su nombre por el de Luz María Ramirez Montes de Oca.
Artículo 7.- La señora Miledis Abreu Abreu, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Milena Abreu Abreu.
Artículo 8.- La señora Julita Cuevas Montes de Oca, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Julia Cuevas Montes de Oca.
Artículo 9.- La señora Inés Ginovina Méndez Medina, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Altagracia Méndez Medina.
Artículo 10.- La señora Esperanza Martínez Reynoso, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Eugenia Martínez Reynoso.
Artículo 11.- La señora Juanita Peña Peña, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Juana Peña Peña.
Artículo 12.- La señora Higinia Tejada, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Altagracia Tejada.
Artículo 13.- La señora Sipriana González Vidal, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Geovanny González Vidal.
Artículo 14.- La señora Eusebia Monegro Heredia, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Fior Monegro Heredia.
Artículo 15.- La señora Rosa Hazin Cuevas, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Nadua Hazin Cuevas.
Artículo 16- La señora Anastacia Joanny Ortiz Rojas, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Joanny Anastacia Ortiz Rojas.
Artículo 17.-La señora Petronila Peñaló Santos, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Juana Mercedes Peñaló Santos.
Artículo 18- La señora Luder Fortuna Ventura García, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Lourdes Fortuna Ventura García.
Artículo 19- El señor Ruben Antonio Nuñez González, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Ruben Alfredo Nuñez González.
Artículo 20.- El señor Filomeno Trinidad de la Cruz, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Julio Alejandro Trinidad de la Cruz.
Artículo 21.- El señor Patricio Castillo Hernández, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Suly Castillo Hernández.
Artículo 22.- El señor Pancracio Antonio Rodríguez Pilier, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Antonio Rodríguez Pilier.
Artículo 23.- El señor Elpidio Antonio Rodríguez Beltré, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Epifanio Rodríguez Beltré.
Artículo 24.- El señor Silvestre Molina Durán, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Silvestre Roberto Molina Durán.
Artículo 25.- El señor Ramón Catano Luna, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Jorge Catano Luna .
Artículo 26.- Los señores Santiago Hiraldo y Olfa Amarilis Lorenzo,
quedan autorizados para cambiar el nombre de su hijo menor Reymon Santiago Hiraldo Lorenzo por el de Raymond Santiago Hiraldo Lorenzo.
Artículo 27.- Los señores José Federico Thomas Corona y Alicia Altagracia Arias Fernández, quedan autorizados para cambiar el nombre de su hijo menor Ulises Federico Thomas Arias por el de Federico Alberto Thomas Arias.
Artículo 28.- La señora Yusemy Mora Medina, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Yusenny Mora Medina.
Artículo 29.- La señora Francisca Isabel Valerio Lora, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Isabel Valerio Lora.
Artículo 30.- La señora Benita Columna Severino, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Enma Benita Columna Severino.
Artículo 31.- La señora Cándida Virgen Delgado, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ana Delgado.
Artículo 32.- El señor Juan Valerio Ureña Ovalles, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Julián Ureña Ovalles.
Artículo 33.- La señora Juliana Morrobel Javier, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Catalina Morrobel Javier.
Artículo 34.- El señor Ramón Nilson Jaquez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Nixon Ramón Jaquez Tavárez..
Artículo 35.- Los señores Rafael Jhonny Jiménez Ramírez y María Estela Montero, quedan autorizados para cambiar el nombre de su hija menor Yessica Nairoby Jiménez Montero por el de Jessica Nairoby Jiménez Montero..
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de julio del año dos mil, años 157 de la Independencia y 136 de la Restauración.
Leonel Fernández
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