Texto de la norma
Dec. No. 1213-00 que concede el beneficio de la incorporacion a varias instituciones
sin fmes de lucro.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 1213-00
VISTA la Ley No.520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no
Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario, y sus modificaciones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se concede el beneficio de la incorporacion a las siguientes
asociaciones:
1.-
CLUB INTERNACIONAL DE RESIDENTES (I.R.C.), que tiene su
domicilio en el municipio de Sosua, provincia Puerto Plata, R.D.,
cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada
en fecha 25 de enero del 2000.
2.-
GRUPO DE CAFICULTORES CAONABO, que tiene su domicilio
en la provincia Santiago, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea constitutiva celebrada en fecha 31 de enero del 2000.
3.-
FUNDACION PABLO FLORIAN, que tiene su domicilio en Santo
Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
constitutiva celebrada en fecha 5 de junio del 2000.
4. -
FUNDACION DE JOVENES SOCIAL DEMOCRATAS (F.J.S.D.),
que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 12 de
septiembre de 1999.
5.-
FUNDACION EDUCATIVA PARA EL DESARROLLO DE
NEGOCIOS (FEDEN), que tiene su domicilio en Santo Domingo,
D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva
celebrada en fecha 24 de julio del 2000.
6.-
ASOCIACION DE VENDEDORES, ARTESANIA Y AFINES DEL
PROYECTO TURISTICO BELLO COSTERO LONG BEACH
PUERTO PLATA, que tiene su domicilio en la provincia Puerto
Plata, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
constitutiva celebrada en fecha 30 de junio de 1999 y ratificada
mediante Resolucihn de fecha 28 de agosto del 2000.
7. -
COMITE SALUD Y EDUCACION HAZ FELIZ A LOS NIROS
(COSAEFENI), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N.,
cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada
en fecha 24 de agosto del 2000.
8.-
LA IGLESIA DE CRISTO EN HIGUEY, que tiene su domicilio en
el municipio de Higtiey, provincia La Altagracia, R.D., cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en
fecha 25 de agosto del 2000.
9.-
CLUB MARIA AUXILIADORA (C.M.A.), que tiene su domicilio
en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea constitutiva celebrada en fecha 16 de julio del 2000.
10.-
FUNDACION LIBERTAD, que tiene su domicilio en Bani,
provincia Peravia, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea constitutiva celebrada en fecha 20 de agosto del 2000.
11.-
PATRONATO
PRO-HOSPITAL
INFANTIL
DR.
ARTURO
GRULLON, que tiene su domicilio en la provincia Santiago, R.D.,
cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada
en fecha 15 de mayo del 2000.
12.-
ESCUELA DE CAPACITACION TECNICO PROFESIONAL
(ESCATEP), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en
fecha 22 de julio del 2000.
13.-
FUNDACION PRO-CONSERVACION DEL MEDIO AMBIENTE
EN LA ZONA ORIENTAL (FUPROCOMAZO), que tiene su
domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados
en asamblea constitutiva celebrada en fecha 14 de septiembre del
1999.
14.-
CASA
DE
ORACION
HORAS,
MINISTER10
DE
INTERCESION POR LA REPUBLICA DOMINICANA Y LAS
NACIONES, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en
fecha 20 de marzo del 2000.
15.-
FUNDACION
PARA
EL
FORTALECIMIENTO
DE
LA
EVANGELIZACION
EN
LA
REPUBLICA
DOMINICANA
(FUNDEVAN), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N.,
cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada
en fecha 20 de marzo del 2000.
16.-
COLECTIVO DE EDUCACION COMUNITARIA Y MEDIO
AMBIENTE (CECOMA), que tiene su domicilio en Santo Domingo,
D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva
celebrada en fecha 26 de febrero de 1999.
17.-
INSTITUTO DE BIOCONSTRUCCION Y ECOLOGIA (IBECO),
que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 15 de
julio de 1999.
18.-
FUNDACION
DOMINICANOS
DE
BUENA
VOLUNTAD
(FDBV), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en
fecha 10 de marzo del 2000.
19.-
ASOCIACION DE MOTOCONCHISTAS DE PEDERNALES REP.
DOM., que tiene su domicilio en el municipio de Pedernales, R.D.,
cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada
en fecha 30 de junio del 2000.
20.-
ASOCIACION
DE
PROPIETARIOS,
CHOFERES
Y
COBRADORES
DE
INVIVIENDA
SANTO
DOMING0
(ASOPROCHOCOIN) R-20, que tiene su domicilio en Santo
Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
constitutiva celebrada en fecha 9 de agosto del 2000.
21.-
INSTITUTO DOMINICAN0
DE RESIDUOS SOLIDOS Y
MATERIALES, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N.,
cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada
en fecha 8 de septiembre del 2000.
22.-
SOCIEDAD
DOMINICANA
DE
PREVENCION
DE
LA
CEGUERA Y REHABILITACION VISUAL (SOPRECEVI), que
tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 20 de mayo
del 2000.
ARTICULO 2.- Se aprueba la rnodificacion de estatutos de las siguientes
asociaciones:
1.-
CLUB PARAISO, INC., que tiene su domicilio en Santo Domingo
D.N., introducidas en la asamblea general extraordinaria celebrada
en fecha 21 de febrero del 2000.
2.-
ASOCIACION DOMINICANA PRO BIENESTAR DE LA
FAMILIA, INC., (PROFAMILIA), que tiene su domicilio en Santo
Domingo, D.N., introducidas en la asamblea general extraordinaria
celebrada en fecha 28 de junio del 2000.
ARTICULO 3.- Se aprueba la rnodificacion de estatutos de la
FUNDACION HAGUEYGABON, INC., que tiene su domicilio en Santo Domingo D.N.,
introducidas en la asamblea general extraordinaria celebrada en fecha 21 de febrero del
2000 y queda derogado el Numeral 33 del Articulo 1 del Decreto No.249-00 del 15 de junio
del 2000.
ARTICULO 4.- Se aprueba la rnodificacion de estatutos de la
FUNDACION ESCUELA CONDUCTISTA LA HONESTIDAD, INC., que tiene su
domicilio en Santo Domingo, D.N., introducidas en la asamblea general extraordinaria
celebrada en fecha 26 de julio del 2000, dicha rnodificacion incluye el cambio de nombre
por FUNDACION ESCUELA DE FORMACION MORAL, INC.
ARTICULO 5.- Dichas incorporaciones y modificaciones estatutarias seran
efectivas tan pronto como las indicadas asociaciones realicen el deposit0 y la publicacion a
que se refiere el Articulo 4 de la Ley No.520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones
que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario.
ARTICULO 6.- Enviese a la Procuraduria General de la Republica, para 10s
fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominican% a 10s veintidos (22) dias del mes de noviembre del aiio
dos mil, aiios 157 de la Independencia y 138 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.