Texto de la norma
Dec. No. 1145-00 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
HIPOLITO MEJIA Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1145-00
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambios de nombres establece la Ley No.659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados.
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la ley.
VISTOS los Artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No.659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- La señora Mary Eudosia Casso Guzmán, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Mary Casso Guzmán.
ARTICULO 2.- La señora Ramona Margarita Flores de la Cruz, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Peggy Flores de la Cruz.
ARTICULO 3.- La señora Ana Mercedes Ulloa Muñoz, queda autorizada a cambiar su nombre por el de María Mercedes Ulloa Muñoz.
ARTICULO 4.- La señora Juana Almonte de León, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Alicia Almonte de León.
ARTICULO 5.- La señora Juana Rosa Demorizi de la Rosa, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Jennifer Demorizi de la Rosa.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de noviembre del año dos mil, años 157 de la Independencia y 138 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
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