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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 192-00

QUE AUTORIZA A VARIOS AYUNTAMIENTOS A VENDER INMUEBLES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
4 may de 2000fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 10045Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 192-00 que autoriza a varios ayuntamientos a vender inmuebles. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 192-00 VISTA la Ley No.4381, del 10 de febrero de 1956 y la Ley No. 5577, del 12 de julio de 1961 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago, provincia Santiago a vender los inmuebles que se describen a continuación: 1.- A la señora Sonia Ligia Martínez de Batista, una porción de terreno que tiene designación Municipal No.29 (parte), Manzana No.848, del Distrito Catastral, No.1, Municipio de Santiago, con un área de 278.68 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar Municipal No.30; al Este, Solar Municipal No.29-Resto y No.30; al Sur, Solar Municipal No.29-Resto y al Oeste, Solar Municipal No.29-Resto; por la suma de Cuarenticinco Mil Doscientos Ochenticinco Pesos Oro con Cincuenta Centavos (RD$45,285.50). 2.- A la Tabacalera Olirey, C.porA. representada por el señor Ariosto Mendez, una porción de terreno que tiene designación Municipal No.1, localizada dentro del ámbito de la Parcela No. 51 del Distrito Catastral, No.8, Municipio de Santiago, con un área de 5,220.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Arroyo Bambú; al Este, Camino de Hato Mayor; al Sur, Parcela No.2 y al Oeste, Arroyo Bambú; por la suma de Quinientos Veintidós Mil Pesos Oro (RD$522,000.00). 3.- A los señores José Alberto Tavárez y Juned Rafael Alvarez, una porción de terreno que tiene designación Municipal No.4, Manzana Municipal No.34-Sur, correspondiente al Solar No.5-A, Manzana No.754 del Distrito Catastral, No.1, del Municipio de Santiago, con un área de 104.65 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Ave. Estrella Sadhalá; al Este, Solar No.4-B; al Sur, Solar No.5 y al Oeste, Solar No.3; por la suma de Dieciocho Mil Trescientos Trece Pesos Oro con Setenticinco Centavos (RD$18,313.75). 4.- Al señor Temístocles Enrique Valdez Sabater, una porción de terreno que tiene designación Municipal No.4, localizada dentro de la Parcela No.7-C-8-1 (parte), del Distrito Catastral, No.8, Municipio de Santiago, con un área de 7,847.50 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Resto de la Parcela; al Este, Av. Salvador Estrella Sahadalá; al Sur, Camino Hato Mayor y al Oeste, Camino Hato Mayor; por la suma de Un Millón Ciento Setentisiete Mil Ciento Veinticinco Pesos Oro (RD$1,177,125.00). 5.- Al señor Juan Sebastián de León, una porción de terreno localizada dentro de la Manzana No.74, del Distrito Catastral No.1, con una designación Municipal No.1703, del Solar Municipal No.122, del Municipio de Santiago, con un área de 373.09 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Antigua Carretera Duarte; al Este, Resto de la Manzana 122; al Sur, Solares 1704 y 1709 y al Oeste, Solar Municipal No.1702; por la suma de Treintisiete Mil Trescientos Nueve Pesos Oro (RD$37,309.00). 6.- A la J.O.S. & Asociados C.porA., representada por el señor Juan Antonio Ovalles Rodríguez, una porción de terreno que tiene designación Municipal No.70-A-3-B, de la Manzana No.2, localizada dentro del ámbito de la Parcela No.213 del Distrito Catastral, No.6, del Municipio de Santiago, con un área de 110.70 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar Municipal No.70-A-3-B; al Este, Av. Salvador Estrella Sadhalá; al Sur, Solar Municipal No.69-B-3-A-4 y al Oeste, Solar Municipal No.69-B-3-A-7; por la suma de Trece Mil Ochocientos Treintisiete Pesos Oro con Cincuenta Centavos (RD$13,837.50). Artículo 2.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Sabana de la Mar, provincia Hato Mayor, a vender los inmuebles que se describen a continuación: 1.- A la señora Digna Mercedes Durán, una porción de terreno localizada dentro del ámbito de la Parcela No.69 (parte), del Distrito Catastral No.38/6, del Municipio de Sabana de la Mar, con un área de 874.50 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Terreno del Club de Leones; al Este, señora María y resto de la Parcela; al Sur, Calle Proyecto; y al Oeste, Carretera de Sabana de la Mar a Miches; por la suma de Treinticuatro Mil Novecientos Ochenta Pesos Oro (RD$34,980.00). 2.- Al señor Afranio Andrés P. Calcaño Alcántara, una porción de terreno localizada dentro del ámbito de la Parcela No.69, del Distrito Catastral No.39/6, del Municipio de Sabana de la Mar, con un área de 33.94 tareas nacionales, con los siguientes linderos: al Norte, Resto de la Parcela y señor Papaterra; al Este, señora Brunilda; al Sur, resto de la Parcela; y al Oeste, Calle en Proyecto; por la suma de Ciento Sesentinueve Mil Setecientos Pesos Oro (RD$169,700.00). Artículo 4.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Higüey, provincia La Altagracia, a vender los inmuebles que se describen a continuación: 1.- Al señor Nelson Mojica Cedano, una porción de terreno localizada dentro del ámbito de la Manzana No.9, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Higüey, con un área de 246.90 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Isolina Cedano resto de la Manzana No.9; al Este, Calle Teófilo Guerrero del Rosario; al Sur, Margarito Cedeño, resto de la Manzana No.9; y al Oeste, Margarito Cedeño, resto de la Manzana No.9; por la suma de Cincuentidós Mil Cuatrocientos Sesentiséis Pesos Oro con Veinticinco Centavos (RD$52,466.25). 2.- Al señor Roberto del Rosario, una porción de terreno localizada dentro del ámbito de la Parcela No.386, del Distrito Catastral No.10/4, del Municipio de Higüey, con un área de 238.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Parcela No.386 (Resto); al Este, Parcela No386 (Resto); al Sur, Calle Proyecto; y al Oeste, Parcela No.386 (Resto); por la suma de Once Mil Novecientos Pesos Oro (RD$11,900.00). Artículo 3.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Dajabón, provincia Dajabón, a vender a la señora Evangelista Fortuna, una porción de terreno localizada dentro del ámbito de la Manzana No.46, Solar No.15, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Dajabón, con un área de 378.32 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar No.14; al Este, Solar No.14; al Sur, Calle Fernando Valerio, y al Oeste, Solar No.16; por la suma de Once Mil Trescientos Cuarentinueve Pesos Oro con Sesenta Centavos (RD$11,349.60). Artículo 4.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Imbert, provincia Puerto Plata, a vender al señor José Batista Castillo, una porción de terreno localizada dentro del ámbito de la Manzana No.15, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Imbert, con un área de 129.36 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Avenida Mella; al Este, propiedad de Miguel Angel Puig; al Sur, propiedad de Leonidas N. Cabrera, y al Oeste, Calle Hermanas Mirabal; por la suma de Seis Mil Cuatrocientos Sesentiocho Pesos Oro (RD$6,468.00). Artículo 5.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Sosúa, provincia Puerto Plata, a vender al señor Gabino Antonio Martínez, una porción de terreno localizada dentro del ámbito de la Parcela No.1-Ref.-88, del Distrito Catastral No.2, con designación Municipal No.3-90, del Municipio de Sosúa, con un área de 86.66 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Resto de la Parcela No.1-Ref-88; al Este, Resto de la Parcela No.1-Ref.-88; al Sur, Calle Eugenio Kunhart; y al Oeste, Resto de la Parcela No.1-Ref.-88; por la suma de Veintidós Mil Noventiocho Pesos Oro con Treinta Centavos (RDS$22, 098.30). Artículo 6.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía para los fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de mayo del año dos mil, años 157 de la Independencia y 137 de la Restauración. Leonel Fernández

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona