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Decreto

Decreto 140-00

que deroga varias disposiciones relativas a los Aeropuertos Internacionales Las Américas y Gregorio Luperón. Dispone la entrega de la administración de los Aeropuertos Internacionales Las Américas, Gregorio Luperón, María Montez y Arroyo Barril, en favor del consorcio Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI, S. A

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27 mar de 2000fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 10040Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 140-00 que deroga varias disposiciones relativas a los Aeropuertos Internacionales Las Américas y Gregorio Luperón. Dispone la entrega de la administración de los Aeropuertos Internacionales Las Américas, Gregorio Luperón, María Montez y Arroyo Barril, en favor del consorcio Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI, S. A. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 140-00 VISTA la Constitución de la República. VISTA la Ley 8 que crea la Comisión Aeroportuaria, de fecha 17 de noviembre de 1978. VISTA la Resolución de Concesión dictada por la Comisión Aeroportuaria en fecha 15 del mes de marzo del año 1999, que culminó el proceso de licitación para la concesión de los Aeropuertos Internacionales de “Las Américas”, en Santo Domingo; “General Gregorio Luperón”, en Puerto Plata; “Arroyo Barril”, en Samaná, y “María Montéz”, en Barahona. VISTO el Contrato de Concesión intervenido entre el Estado Dominicano, la Comisión Aeroportuaria y la empresa Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI, S. A. de fecha 7 de julio del año 1999. VISTO el Addendum al referido contrato de concesión de fecha 22 de octubre de 1999. VISTA la Resolución No.121-99, del Congreso Nacional que contiene la aprobación del contrato de concesión por parte del Senado de la República y de la Cámara de Diputados en fechas 26 del mes de octubre y 21 del mes de diciembre del año 1999, respectivamente. VISTA la promulgación de la Resolución de aprobación congresional hecha por el Presidente de la República en fecha 30 del mes de diciembre del año 1999. VISTO el Decreto No.539-90 del 31 de diciembre de 1990, que crea la Gobernación Internacional de Las Américas, así como los Decretos Nos. 1-91 de fecha 3 de enero de 1991, y 111-91 del 19 de marzo del año 1991, que atribuyen funciones a dicha Gobernación. VISTOS el Decreto No.150-99, del 31 de marzo del año 1999 que designa al actual Gobernador del Aeropuerto Internacional de Las Américas, así como el Decreto No.502-96 de fecha 11 de octubre de 1996, que designa al actual Administrador del Aeropuerto Internacional "General Gregorio Luperón, en Puerto Plata". VISTOS los Actos Administrativos que designan los administradores de los aeropuertos internacionales "María Montez", en Barahona, y "Arroyo Barril", en Samaná. CONSIDERANDO: Que el Gobierno Dominicano, por intermedio de la Comisión Aeroportuaria convocó en agosto de 1998 a una licitación pública internacional para la concesión de la operación, explotación económica, administración, ampliación y modernización de los aeropuertos internacionales de Las Américas, en Santo Domingo, Gregorio Luperón, en Puerto Plata, Arroyo Barril, en Samaná y María Montez, en Barahona. CONSIDERANDO: Que dicho proceso de licitación culminó con la Resolución de Concesión dictada por la Comisión Aeroportuaria en fecha 15 de marzo del año 1999 que declaró al consorcio AEROPUERTOS DOMINICANOS SIGLO XXI, S. A. (AERODOM), ganador de dicha licitación y estableció el marco conceptual y procedimental para la elaboración del contrato a intervenir entre las partes. CONSIDERANDO: Que en fecha 7 del mes de julio del año 1999, previo poder otorgado por el Presidente de la República, fue suscrito entre el Estado Dominicano y la Comisión Aeroportuaria de una parte y Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI, S. A. de la otra parte, un contrato de concesión que reglamenta sus respectivos derechos y responsabilidades. CONSIDERANDO: Que en fecha 22 de octubre del año 1999, las mismas partes suscribieron un addendum al contrato de concesión que recogía las modificaciones sugeridas al contrato original por parte de la Comisión Bicameral designada por el Congreso Nacional. CONSIDERANDO: Que en fecha 26 del mes de octubre del año 1999, el Senado de la República aprobó el contrato de concesión, suscrito en fecha 7 de julio de 1999, y su addendum de fecha 22 de octubre de 1999. CONSIDERANDO: Que en fecha 21 de diciembre del mismo año la Cámara de Diputados otorgó su aprobación al referido contrato de concesión y a su addendum. CONSIDERANDO: Que en fecha 30 del mes de diciembre del mismo año el Poder Ejecutivo promulgó la Resolución Congresional aprobatoria del contrato y su addendum. CONSIDERANDO: Que la Comisión Aeroportuaria previo acuerdo con la empresa concesionaria, ha resuelto fijar el 1ro. de abril del año 2000, como la fecha de entrega en manos de dicha empresa de los aeropuertos concesionados. CONSIDERANDO: Que a partir de la entrega de los Aeropuerto concesionados, es decir el 1ro. de abril del 2000, la administración de dichas terminales pasará a mano del Consorcio Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI, S. A., quedando a cargo del Departamento Aeroportuario hacerse representar en cada uno de esas terminales por un Delegado Aeroportuario. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente: DECRETO: Artículo 1.- Se derogan, con efectividad al 1ro. de abril del año 2000, los siguientes Decretos: No.539-90 del 31 de diciembre del 1990 que crea la Gobernación del Aeropuerto Internacional de Las Américas, Decretos Nos.1-91 de fecha 3 de enero de 1991 y 111-91 de fecha 19 de marzo del mismo año, que atribuyen funciones a dicha Gobernación; los Decretos Nos.502-96, de fecha 11 de octubre del año 1996 y 150-99, de fecha 31 del mes de marzo del año 1999, mediante los cuales se designan al actual Administrador General del Aeropuerto Internacional "General Gregorio Luperón", en Puerto Plata, y al actual Gobernador del Aeropuerto Internacional de Las Américas, en Santo Domingo, respectivamente. Artículo 2.- Con efectividad a la misma fecha, es decir, al 1ro. de abril del año en curso, el Director Aeroportuario entregará al Consorcio Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI, S. A. la administración de los Aeropuertos Internacionales siguientes: "Las Américas", en Santo Domingo; "General Gregorio Luperón", en Puerto Plata; "Arroyo Barril", en Samaná, y "María Montez", en Barahona. Artículo 3.- El Director del Departamento Aeroportuario con efectividad al 1ro. de abril del año en curso, designará un Delegado Aeroportuario en cada uno de los aeropuertos precitados, con los mismos niveles de remuneración y reivindicaciones de que disfrutan a la fecha los actuales incumbentes y con las facultades y atribuciones que determine la Comisión Aeroportuaria, quedando facultado el Director Aeroportuario para sustituirlos y designar sus sucesores, de conformidad con sus atribuciones institucionales. Artículo 4.- Comuníquese a la Comisión Aeroportuaria, al Departamento Aeroportuario y al Comisionado para el Seguimiento de la Concesión Aeroportuaria, para los fines que corresponda. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de marzo del año dos mil, años 157 de la Independencia y 137 de la Restauración. Leonel Fernández

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona