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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 117-00

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACION A VARIAS ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 mar de 2000fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 10039Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Mostrar el texto (16,108 caracteres)
Dec. No. 117-00 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones sin fines de lucro. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 117-00 VISTA la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario, y sus modificaciones. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a las siguientes asociaciones: 1. FEDERACION NACIONAL DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES, (FONOGS), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 5 de enero del 2000. 2. FUNDACION PRO DESARROLLO DE LOS BARRIOS "LAS ABEJAS", que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 16 de enero de 1997. 3. IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTAL JEREMIAS 33:3, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 3 de noviembre de 1999. 4. OFICINA CANALIZADORA DE SERVICIOS DE EL PINITO, (OCASERPIN), que tiene su domicilio en la provincia La Vega, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 15 de octubre del 1999. 5. ASOCIACION DE AYUDA MUTUA No.1 DE BARRIO ARRIBA, que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 3 de octubre de 1999. 6. FUNDACION CARLOS HERNANDEZ, (FUNCAHE), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 26 de octubre de 1999. 7. FUNDACION DESARROLLO "LOS MINA VIEJO", que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 2 de septiembre de 1999. 8. FUNDACION "PENSANDO EN TI", que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 21 de junio del 1999. 9. LA CASA DE DIOS EN SAN FRANCISCO DE MACORIS, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 15 de noviembre de 1999. 10. ASOCIACION AUTONOMA DE TECNICOS ELECTRICISTAS MECANICOS Y AFINES, (AATEMA), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 3 de diciembre de 1999. 11. ASOCIACION DE MADRES DE LA PROVINCIA DE MONTE PLATA, que tiene su domicilio en la provincia Monte Plata, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 19 de abril de 1999. 12. FUNDACION EVANGELICAL FAITH VISION MINISTRIES DOMINICANA, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 19 de marzo de 1999. 13. ORGANIZACIÓN DE MUJERES "EL NUEVO CAMINAR", que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 6 de octubre de 1999. 14. FUNDACION EMAUS, que tiene su domicilio en la provincia La Altagracia, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 30 de agosto de 1999. 15. FUNDACION DAR SALUD PARA LA VIDA, (DALAVIDA), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 7 de octubre de 1999. 16. FUNDACION PADRINO DE LAS ESCUELAS DE BAHORUCO, (FUPAESBA), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 29 de agosto de 1999. 17. FUNDACION CAMPESINA "ISMAEL CHAVEZ" (FUNCAICHA), que tiene su domicilio en la provincia Santiago Rodríguez, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 24 de enero de 1999. 18. CONSEJO DE ORGANIZACIONES POPULARES Y COMUNITARIAS ZONA ORIENTAL, (COPCZO), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 10 de julio de 1999. 19. FUNDACION PRO-DEFENSA Y PARTICIPACION DE LOS BARRIOS DEL DISTRITO NACIONAL (FUNPROPABA), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 16 de diciembre de 1995. 20. ASOCIACION DE MUJERES "PIKY LORA" (ASOMUPIKY), que tiene su domicilio en la provincia Monte Plata, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 25 de enero de 1999. 21. FUNDACION POR EL DESARROLLO Y PROGRESO DE SAN JUAN, que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 16 de agosto de 1999. 22. FESTIVAL INTERNACIONAL DE CINE DE SANTO DOMINGO, (FICSD), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 2 de noviembre de 1998. 23. FUNDACION POR LA EDUCACION Y EL BIENESTAR SOCIAL (FEBISO), que tiene su domicilio en la provincia Sánchez Ramírez, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 30 de septiembre de 1999. 24. ASOCIACION DE MUJERES "ERCILIA PEPIN", que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 1 de marzo de 1998. 25. FUNDACION PRO-DEFENSA DE LOS SECTORES MARGINADOS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, (FUNDESEMARD), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 25 de septiembre de 1999. 26. ASOCIACION INTEGRAL PRO-SALUD Y EDUCACION SAN JUAN, (IPROSE), que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 20 de septiembre de 1999. 27. FEDERACION DE ORGANIZACIONES PARA EL DESARROLLO DEL MUNICIPIO DE NIZAO, (FEODMUNIZAO), que tiene su domicilio en la provincia Peravia, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 10 de octubre de 1999. 28. JUNIOR ACHIEVEMENT DOMINICANA, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 30 de noviembre de 1999. 29. ASOCIACION DE MUJERES SAN RAFAEL DE MABRIGIDA, que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 21 de septiembre de 1999. 30. ASOCIACION DE DESARROLLO ISLA SAONA (ADIS), que tiene su domicilio en la provincia La Romana, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 24 de julio de 1999. 31. COMITE ORGANIZADOR DE LOS XIV JUEGOS PANAMERICANOS SANTO DOMINGO 2003, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 8 de julio de 1999. 32. FUNDACION DE MUJERES PARA CRECER DE LA ZONA NORTE, (FUMUZONO), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 1 de febrero de 1999. 33. FUNDACION REVERENDO ISRAEL BRITO BRUNO, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 29 de noviembre de 1999. 34. FUNDACION PARA EL DESARROLLO AGRICOLA DEL NOROESTE, (FUNDEAGRO), que tiene su domicilio en la provincia Monte Cristy, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 29 de julio de 1999. 35. ASOCIACION DE HARQUIVEREENSES AUSENTES, (ASOHARQUIVAS), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 3 de diciembre de 1999. 36. CADENA DE ORGANIZACIONES SOCIALES Y COMUNITARIAS, (CSC), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 1 de enero del 2000. 37. FUNDACION LA VOZ DE HAINA, (FUNDALAHAI), que tiene su domicilio en la provincia San Cristóbal, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 9 de noviembre de 1998. 38. PATRONATO PARA AYUDA DE LOS NECESITADOS VENTURA TORIBIO Y JACOBO TOLENTINO, que tiene su domicilio en la provincia Santiago Rodríguez, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 5 de junio de 1999. 39. FUNDACION NUEVO RUMBO JUVENIL, que tiene su domicilio en la provincia Salcedo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 24 de enero de 1999. 40. FUNDACION PROGRESO Y DESARROLLO, (FUPRODE), que tiene su domicilio en la provincia El Seibo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 4 de agosto de 1999. 41. FUNDACION PAN Y AGUA (FUDEPAA), que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 15 de julio de 1999. 42. FUNDACION PRO-FELICIDAD DE LOS NIÑOS POBRES, (FUNPRONIPO), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 23 de agosto de 1999. 43. ASOCIACION DE DUEÑOS DE TRANSPORTE ESCOLAR, (ASODUTRAES), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 31 de octubre de 1999. 44. ASOCIACION DE INDUSTRIAS DE LA ZONA FRANCA INDUSTRIAL DE NIGUA, que tiene su domicilio en la provincia San Cristóbal, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 4 de junio de 1999. 45. CENTRO PARA LA AUTOGESTION COMUNITARIA "SANTO DOMINGO ORIENTAL", (CASO), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 29 de noviembre de 1999. 46. CLUB DE LEONES DE SABANETA, que tiene su domicilio en la provincia Santiago Rodríguez, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 18 de enero del 2000. 47. FUNDACION VEGANA DE AYUDA COMUNITARIA, que tiene su domicilio en la provincia La Vega, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 9 de septiembre de 1999. 48. ASOCIACION DE JOVENES SABANALAMARINOS POR EL PROGRESO, que tiene su domicilio en la provincia Hato Mayor, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 2 de julio de 1999. 49. FUNDACION AMBIENTE Y COMUNIDAD, (FAC), que tiene su domicilio en la provincia Valverde, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 11 de noviembre de 1999. 50. MISION DE IGLESIAS PENTECOSTAL "FE Y ALABANZA", que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 3 de enero del 2000. 51. FUNDACION CARIDAD Y PROGRESO "EL BUEN SAMARITANO", que tiene su domicilio en la provincia Hato Mayor, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 2 de julio de 1999. 52. FUNDACION RESCATE JUVENIL, que tiene su domicilio en la provincia El Seibo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 7 de junio de 1999. 53. FUNDACION PRO-AYUDA COMUNAL, que tiene su domicilio en la provincia Santiago, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 7 de diciembre de 1999. 54. ESCUELA DE DESARROLLO DEPORTIVO GUILLEN, que tiene su domicilio en la provincia San Pedro de Macoris, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 16 de diciembre de 1999. 55. FUNDACION PARA EL PROGRESO ECOLOGICO Y SOCIAL, (FUNPRES), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 7 de enero del 1998. 56. FUNDACION CON TU AYUDA PODEMOS (COTUPODE), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 2 de septiembre de 1999. 57. FUNDACION DE DESARROLLO PROVINCIA DE BARAHONA, (FUNDEPROBA), que tiene su domicilio en la provincia Barahona, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 26 de enero de 1999. 58. FUNDACION UNIVERSITARIA SINAI (FUSI), que tiene su domicilio en la provincia La Romana, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 4 de diciembre de 1999. 59. ASOCIACION PARA LA EDUCACION INTEGRAL DE LA ZONA ORIENTAL, (ASODOINT), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 14 de septiembre de 1999. 60. FUNDACION PARA AYUDA COMUNITARIA DE LA VEGA, (FUNDAVEGA), que tiene su domicilio en la provincia La Vega, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 14 de octubre de 1999. 61. ASOCIACION DOMINICANA DE ABOGADOS LABORALISTAS, (ADAL), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 30 de noviembre de 1999. 62. FUNDACION PRO-DESARROLLO SAN MIGUEL, MANOGUAYABO, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 12 de enero de 1999. 63. SOCIEDAD DOMINICANA DE INFECTOLOGIA, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 24 de abril de 1989. Artículo 2.- Se aprueba la modificación de los estatutos de las siguientes asociaciones: 1. ORGANIZACION DOMINICANA DE CIEGOS, INC., que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., celebrada en Asamblea General Extraordinaria de fecha 17 de enero del 1999. 2. TEMPLO BIBLICO VILLA FRANCISCA, INC., que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., celebrada en Asamblea General Extraordinaria de fecha 10 de junio del 1999. 3. LIGA CULTURAL Y DEPORTIVA INVIVIENDA SANTO DOMINGO, INC., que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., celebrada en Asamblea General Extraordinaria de fecha 1 de diciembre del 1999. Artículo 3.- Se autoriza a funcionar en la República Dominicana a las siguientes asociaciones: 1. "INSTITUTO CENTROAMERICANO DE ADMINISTRACION DE EMPRESAS", (INCAE), INC., asociación sin fines de lucro incorporada según las leyes de la República de Costa Rica. 2. "NATURE CONSERVANCY", INC., asociación sin fines de lucro incorporada según las leyes de los Estados Unidos de América. 3. CAMARA DE COMERCIO ITALO-DOMINICANA (ITALDOM), INC., asociación sin fines de lucro incorporada según las leyes de la República de Italia. Artículo 4.- Se modifica el numeral 1 del Artículo 2 del Decreto No.571-99, de fecha 30 de noviembre de 1999 para que en lo adelante diga de la siguiente manera: “Se aprueba la modificación de los estatutos de la AMBITO DE INVESTIGACION Y DIFUSION MARIA CORRAL, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., celebrada en Asamblea General Extraordinaria en fecha 21 de diciembre de 1995”. Artículo 5.- Se modifica el numeral 1 del Artículo 1 del Decreto No.34-97, de fecha 22 de enero de 1997 para que en lo adelante diga de la siguiente manera: “Se concede el beneficio de la incorporación al INSTITUTO DOMINICANO DE INFECTOLOGIA, (IDI), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., celebrada en Asamblea Constitutiva de fecha 18 de marzo de 1993”. Artículo 6.- Dichas incorporaciones y modificaciones estatutarias serán efectivas tan pronto como las indicadas Asociaciones realicen el depósito y la publicación a que se refiere el Artículo 4 de la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario. Artículo 7.- Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de marzo del año dos mil, año 157 de la Independencia y 137 de la Restauración. Leonel Fernández

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona