Texto de la norma
Dec. No. 85-00 que autoriza el cambio de uso de suelo en las parcelas Nos. 71-Ref y 71-
Ref-3, del D. C. No.7 del municipio de Puerto Plata.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 85-00
VISTAS las recomendaciones realizadas por el Comité de Administración y Crédito del Departamento de Desarrollo y Financiamiento de Proyectos (DEFINPRO) del Banco Central de la República Dominicana
VISTO el Artículo 4 de la Ley No.256, de fecha 30 de octubre de 1975.
VISTO el Decreto No. 3139, de fecha 22 de marzo de 1982.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente:
D E C R E T O:
Artículo 1.- Se autoriza al cambio de uso de suelo de zona no desarrollable a zona desarrollable en la Parcela No.71-Ref., del Distrito Catastral No.7, provincia de Puerto Plata, para desarrollo sostenible de la Zona del Cupey, como fincas agroturisticas bajo la modalidad de agricultura orgánica, con los siguientes parámetros:
a) Solares con un área mínima de 4000 metro cuadrados.
b) La densidad habitacional del proyecto no será mayor de 0.75, habitantes/hectáreas.
c) La ocupación del solar no mayor de un 5% del terreno.
d) La altura de las edificaciones serian de dos niveles máximo ó 08.50 metros lineales.
Artículo 2.- Se permitirán solares de 2,000 metros cuadrados en la parte correspondiente a la Parcela No.71-Ref-3 del Distrito Catastral No.7 de la provincia y municipio de Puerto Plata, los cuales hayan sido adquiridos con anterioridad a la Resolución Tercera del Acta No.8 de fecha 14 de octubre de 1999, emitida por el Comité Administrativo del Departamento de Desarrollo y Financiamiento de Proyectos (DEFINPRO).
Artículo 3.- El Departamento de Desarrollo y Financiamiento de Proyectos (DEFINPRO), queda encargado de vigilar y asesorar el proyecto precedentemente citado en el Artículo 1 del presente decreto.
Artículo 4.- Envíese al Departamento de Desarrollo y Financiamiento de Proyectos (DEFINPRO) del Banco Central de la República Dominicana, a la Secretaría de Estado de Turismo, a la Marina de Guerra.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de febrero del año dos mil, año 156 de la Independencia y 136 de la Restauración.
Leonel Fernández
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