Texto de la norma
Dec. No. 66-00 que concede el beneficio de la incorporacion a varias instituciones sin
fmes de lucro.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 66-00
VISTA la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no
Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario, y sus modificaciones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo 1.- Se concede el beneficio de la incorporacihn a las siguientes
asociaciones:
1.
ASOCIACION
DOMINICANA
DE
RECUPERACION
HUMANA,
(ASODREH), que tiene su domicilio en la provincia La Vega, R.D., cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 20 de marzo de
1999.
2.
CLUB CULTURAL Y DEPORTIVO ANACAONA, DE LA PLAZA
CEREMONIAL ABORIGEN, que tiene su domicilio en la provincia San
Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en
fecha 20 de mayo de 1999.
3.
FUNDACION CRISTIANA-BENEFICA PARA LA REHABILITACION Y
REINSERCION
DE
MARGINADOS
DE
LA
REPUBLICA
DOMINICANA, (FUNDAREMAR), que tiene su domicilio en Santo
Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en
fecha 11 de mayo de 1999.
4.
ASOCIACION DE PROTECCION DEL BOSQUE SECO “ESPIRITU
SANTO’, que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 7 de octubre de
1999.
5.
ASOCIACION PARA LA INTEGRACION Y PROGRESO DE SAMANA,
(AIPSA), que tiene su domicilio en la provincia Samank R.D., cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 5 de septiembre
de 1998.
6.
ASOCIACION DE AGRICULTORES(AS) “LA NUEVA EXPERIENCIA”,
que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada en fecha 6 de octubre de 1999.
7.
FUNDACION DE DESARROLLO DEL ENSANCHE ESPAILLAT, que
tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada en fecha 5 de enero del 2000.
8.
COLEGIO DOMINICAN0 DE ARTISTAS DE TEATRO, (CODEARTE),
que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada en fecha 28 de enero de 1996.
9.
ASOCIACION
DE
CHOFERES
NOCTURNOS
SOSUA-PUERTO
PLATA, (ASOCHONSOPP), que tiene su domicilio en la provincia Puerto
Plata, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en
fecha 25 de febrero de 1999.
10.
FUNDACION CIRIACO SANCHA, que tiene su domicilio en Santo
Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en
fecha 15 de septiembre de 1999.
11.
JUNTA DE VECINOS DE LA URBANIZACION DOMINICANOS
AUSENTES, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 4 de septiembre
de 1999.
12.
ASOCIACION DE MUJERES “LA BIENVENIDA DE SUAREZ”, que
tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada en fecha 6 de octubre de 1999.
13.
CENTRO SOCIAL DE EDUCACION ALTERNATIVA, (CESOEDUCA),
que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada en fecha 16 de agosto de 1994.
14.
FUNDACION
INTERNACIONAL
PARA
LA
AYUDA
A
LOS
DOMINICANOS EN EL MUNDO, que tiene su domicilio en la provincia
San Pedro de Macoris, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada en fecha 12 de enero de 1999.
15.
ASOCIACION AGRICOLA “SANTO DOMING0 CESPEDES”, que tiene
su domicilio en la provincia Santiago Rodriguez, R.D., cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 2 de febrero de 1999.
16.
ASOCIACION DE TOMATEROS TORENSE, que tiene su domicilio en la
provincia Azua, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada en fecha 18 de abril de 1999.
17.
PRIMERA IGLESIA BAUTISTA DE BONAO, que tiene su domicilio en la
provincia Monseiior Nouel, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada en fecha 17 de noviembre de 1999.
18.
FUNDACION MISIONERA NATURALEZA Y SALUD, (FUMINASA),
que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada en fecha 14 de Julio de 1999.
19.
FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE LAS TARANAS, que tiene
su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada en fecha 24 de noviembre de 1999.
20.
ASOCIACION DE PRODUCTORES DE BOSQUE SECO “MARIA DEL
PADRE’, que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 6 de octubre de
1999.
21.
ASOCIACION DE TAXISTAS TURISTICOS DEL MUNICIPIO DE SAN
RAFAEL DEL YUMA, (ASOTATUMUYU), que tiene su domicilio en la
provincia La Altagracia, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada en fecha 20 de junio de 1999.
22.
MINISTER10 RESURRECCION Y VIDA, que tiene su domicilio en la
provincia Puerto Plata, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada en fecha 10 de agosto de 1999.
23.
CENTRO DE DESARROLLO INTEGRAL DE LA COMUNIDAD,
(CEDICO), que tiene su domicilio en la provincia San Pedro de Macoris,
R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 23
de marzo de 1999.
24.
FUNDACION OPERACION DIGNIDAD, que tiene su domicilio en Santo
Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en
fecha 10 de febrero de 1999.
25.
MINISTERIO RELIGIOSO SENDA DE VIDA, que tiene su domicilio en la
provincia San Pedro de Macoris, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada en fecha 18 de junio de 1999.
26.
ASOCIACION PARA EL DESARROLLO DEL DISTRITO MUNICIPAL
DE SAN VICTOR, MOCA, que tiene su domicilio en la provincia Espaillat,
R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 22
de marzo de 1998.
27.
MUJERES POR LA PATRIA, que tiene su domicilio en Santo Domingo,
D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 10
de septiembre de 1999.
28.
ASOCIACION
DE
DUEROS
DE
GUAGUAS
DE
GUERRA,
(ASODEGG), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 26 de enero de
1999.
29.
CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO DE LA REGION
SUROESTE, (CEDECORES), que tiene su domicilio en la provincia
Barahona, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en
fecha 20 de agosto de 1999.
30.
ASOCIACION DE ABOGADOS LABORALISTAS DE LA REPUBLICA
DOMINICANA, (ASODAL), que tiene su domicilio en Santo Domingo,
D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 7 de
junio de 1999.
31.
CENTRO
DE
PROMOCION
DEL
DESARROLLO
INTEGRAL,
(CEPRODI), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 15 de junio de
1999.
32.
MINISTERIO SOCIO-EVANGELICO JESUCRISTO TE CAMBIA, que
tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada en fecha 23 de diciembre de 1999.
33.
MUJERES POR LA SALUD, LA LIBERTAD Y EL PROGRESO,
(MUSALIPRO), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 15 de mayo de
1999.
34.
ESCUELA DE DESARROLLO COMUNITARIO Y FORMACION
CIUDADANA
DE
JENIMILLO,
LA
ROCA
Y
COLON,
(EDECOFORMA), que tiene su domicilio en la provincia San Pedro de
Macoris, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en
fecha 8 de agosto de 1999.
35.
FUNDACION JUVENTUD 2000, que tiene su domicilio en la provincia
Monte Plata, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada
en fecha 21 de noviembre de 1997.
36.
FEDERACION DE MUJERES MARCELINAS DE LOS SANTOS,
(FEMUMASA), que tiene su domicilio en la provincia San Pedro de
Macoris, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en
fecha 12 de mayo de 1997.
37.
CAMARA DE COMERCIO DOMINICO-CHECA, que tiene su domicilio
en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada en fecha 22 de noviembre de 1999.
38.
ASOCIACION DE AGRICULTORES LA ESPERANZA, que tiene su
domicilio en la provincia Azua, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada en fecha 4 de julio de 1999.
39.
MOVIMIENTO REIVINDICATIVO DEL PUEBLO, (MOREPU), que tiene
su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada en fecha 27 de noviembre de 1999.
40.
ASOCIACION DE AUTOBUSES DE TRANSPORTISTAS DE SAN
PEDRO DE MACORIS A SANTO DOMINGO, (ASOTRASANP), que
tiene su domicilio en la provincia San Pedro de Macoris, R.D., cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 5 de diciembre
de 1999.
41.
ASOCIACION
DE
FIRMAS
DE
CONTADORES
PUBLICOS
AUTORIZADOS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, (AFCPA), que
tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada en fecha 2 de noviembre de 1996.
42.
FUNDACION ACCION CONTRA LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR,
(FACVI), que tiene su domicilio en la provincia Santiago, R.D., cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 6 de diciembre
de 1999.
Articulo 2.- Se aprueba la rnodificacion de 10s estatutos de las siguientes
asociaciones:
1.
ASOCIACION DE CRIADORES DE OVINOS Y CAPRINOS DE LA
PROVINCIA DE DAJABON, (ASODECRIA), INC., que tiene su domicilio
en la provincia Dajabon, R.D., celebrada en asamblea general extraordinaria
de fecha 9 de octubre del 1996.
2.
FUNDACION PARA ILETRADOS ADULTOS, (FUPIA), INC., que tiene
su domicilio en Santo Domingo, D.N., celebrada en asamblea general
extraordinaria de fecha 30 de septiembre del 1998.
Articulo 3.- Se autoriza a funcionar en la Republica Dominicana a la
NRECA INTERNATIONAL, INC., asociacion sin fines de lucro incorporada segun las
leyes del Distrito de Columbia, Estados Unidos de America.
Articulo 4.- Dichas incorporaciones y modificaciones estatutarias serin
efectivas tan pronto como las indicadas asociaciones realicen el deposit0 y la publicacion a
que se refiere el Articulo 4 de la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones
que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario.
Articulo 5.- Enviese a la Procuraduria General de la Republica, para 10s
fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s diez (10) dias del mes de febrero del aiio dos mil, aiio 156 de
la Independencia y 137 de la Restauracion.
Leone1 Fernandez
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.